Ministro del Trabajo tras anuncio de huelga en Transbank pese a definición de empresa esencial: “Es una materia que tiene que resolver la Dirección del Trabajo”

Cambio de Gabinete en la cartera del Trabajo
7 de abril del 2021/SANTIAGO El nuevo ministro del Trabajo, Patricio Melero, realiza un punto de prensa, tras finalizar el cambio de Gabinete, en el Palacio de La Moneda. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO

El sindicato de Transbank anunció que harán efectiva la huelga a partir de las cero horas de este miércoles. En todo caso, la red de adquirencia presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones por la resolución que dictó la DT donde se definió que para esta negociación los trabajadores sí tienen derecho a huelga, pese a que el gobierno la calificó como empresa esencial. Sobre esto último se refirió el ministro el Trabajo.


Por primera vez en su historia, el lunes de la semana pasada el único sindicato que tiene Transbank decidió votar para aprobar la huelga y rechazar la oferta de la empresa en el marco de la negociación colectiva, iniciando así la etapa de negociación reglada bajo la mediación de la Dirección del Trabajo (DT).

Las conversaciones entre la empresa y los trabajadores, con la DT mediando, partieron el viernes pasado y terminaron este martes, sin éxito. Esto, porque el sindicato de Transbank anunció que no alcanzaron un acuerdo con la compañía, por lo que harán efectiva la huelga en unas horas más, a partir de las cero horas de este miércoles.

En todo caso, los servicios mínimos están definidos para la compañía, por lo que en los próximos días deberían operar con los 144 trabajadores, de los cuales hay unos 127 sindicalizados. En total, la empresa tiene alrededor de 700 trabajadores, y el 70% está sindicalizado.

El ministro del Trabajo, Patricio Melero, se refirió durante este martes a la polémica que se generó luego de que el miércoles de la semana pasada el Ministerio de Economía publicó en el Diario Oficial una norma general donde señala cuáles son las empresas cuyos trabajadores no podrán ejercer el derecho a huelga, entre las que precisamente se encuentra Transbank, ya que se definió que la empresa presta servicios esenciales para la población.

Pero al día siguiente de que ello ocurriera, la definición del gobierno sufrió un vuelco: la DT decidió que en esta negociación colectiva los trabajadores de Transbank sí tendrán derecho a huelga. Allí la DT dijo que esto ocurría porque la negociación y la votación a huelga se habían efectuado antes de que el gobierno hiciera dicha publicación en el Diario Oficial. En todo caso, Transbank apeló a esta decisión, tanto a la DT como en la Corte de Apelaciones.

Así las cosas, Melero dijo que “es una materia que tiene que resolver la Dirección del Trabajo, siempre en resguardo de los derechos que el Código del Trabajo establece a los trabajadores y tendrá que verse si la excepción del derecho huelga que se estableció para Transbank fue anterior o posterior al inicio del proceso de huelga y tendrá la dirección del trabajo que interpretarlo y está trabajando en esa dirección”.

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