Polémica por los RUT que solicitó Hacienda por retiro del 10%: Contraloría y Consejo para la Transparencia aseguran que no hubo irregularidades

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Ambas entidades plantearon que el requerimiento de información que hizo el Ministerio de Hacienda a la Superintendencia de Pensiones se ajustó a sus atribuciones legales.


Varias críticas surgieron a inicios de noviembre cuando se conoció que el Ministerio de Hacienda había pedido a la Superintendencia de Pensiones los RUT de las personas que solicitaron el primer retiro del 10%, información que el regulador entregó a la cartera que en ese momento lideraba Ignacio Briones.

De hecho, varios parlamentarios acudieron a Contraloría para pedir que se investigue si esto está o no dentro de la legalidad, y finalmente hoy mediante un comunicado la Superintendencia de Pensiones informó que tanto Contraloría como el Consejo para la Transparencia no detectaron ninguna irregularidad en el proceso.

Rut

Ambos organismos, dice el comunicado, “concluyeron en sus respectivos pronunciamientos que la decisión de la Superintendencia de Pensiones de acceder a dicha solicitud se ajustó plenamente a sus facultades legales, con lo cual queda de manifiesto que el servicio actuó de manera diligente o dando cumplimiento a lo que establece la normativa vigente”.

En el caso del Consejo para la Transparencia, de acuerdo al Oficio N° 000015, de fecha 22 de enero de 2021, el organismo planteó que según los antecedentes tenidos a la vista y sus explicaciones, la información solicitada resultó consistente “con los objetivos legítimos perseguidos”. Sin perjuicio de esto, sostuvo que no le corresponde calificar la pertinencia técnica relativa a aspectos puntuales de la información recabada, ni el mérito u oportunidad de la solicitud en cuestión, “reconociéndose por tanto a los órganos técnicos una mejor posición y capacidad para determinar los parámetros requeridos, mientras ellos respeten plenamente los mandatos constitucionales y legales”.

En tanto, esta tarde la Contraloría también se pronunció sobre la materia, señalando que según lo dispuesto tanto en la Ley N° 19.628 como en la Ley N° 20.403, el Ministerio de Hacienda se encuentra facultado para requerir de otros organismos públicos los datos personales y la información asociada al ámbito previsional que posean para el ejercicio de sus funciones, “adoptando los resguardos necesarios para asegurar la reserva de la información y su correcta utilización en el marco de la órbita de competencia del órgano”.

El órgano contralor concluyó que “no se advierte irregularidad en el actuar del Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de reiterar el deber de las autoridades y funcionarios de ejercer las prerrogativas que el ordenamiento jurídico les confiere solo para fines estrictamente institucionales”.

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