SII actualiza listado de las jurisdicciones con régimen fiscal preferencial
El SII precisó que deció excluir del listado referencial a aquellos países que han asumido compromisos formales con la OCDE.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que actualizó la lista de territorios o jurisdicciones que tienen un régimen fiscal preferencial en el marco del artículo 41 H de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que se estableció en la reforma tributaria del año 2014.
Bajo este contexto, el 19 de diciembre de 2017, se emitió la Resolución Ex. SII N° 124, que en su anexo N° 2, presenta un listado de territorios o jurisdicciones publicado para facilitar el cumplimiento tributario, dando a conocer en qué casos resultan aplicables las tasas generales de Impuesto adicional y las normas de control internacional de la Ley de la renta, explicó el SII.
En efecto, esa normativa vigente es relevante para la aplicación de las siguientes normas: artículo 14 letra E), N° 1, letra a), que establece obligaciones de informar ciertas inversiones en el exterior; artículo 41 F sobre normas de exceso de endeudamiento; artículo 41 G sobre entidades extranjeras controladas; y artículo 59 respecto del Impuesto Adicional por regalías aplicando una tasa del 30% y remuneraciones por servicios con una tasa del 20%, añadió.
Sin perjuicio de lo anterior, desde el año 2014 han ocurrido diferentes avances en estas materias, por ejemplo, a través del desarrollo del Plan de acción BEPS y la vigencia del Convenio multilateral de intercambio de información que nuestro país ha suscrito y ratificado, precisó el SII.
Sobre la base de los señalados cambios, el Servicio ha decido excluir del referido listado referencial aquellos países que han asumido compromisos formales con la OCDE, o bien, aquellos que hayan iniciado procesos de cambios legales o administrativos para permitir a otras jurisdicciones el acceso a la información tributaria relevante, indicó.
En este listado destacan países como Canadá, México, Italia, Japón y México. Revisa el listado completo.
De esta forma, tales países, no obstante cumplir con los requisitos señalados por la norma, razón por la cual, sí se deben considerar a su respecto las tasas y controles de las normas señaladas, no se incluirán en el listado publicado por el SII, considerando su carácter de preliminar y referencial, explicó.
En virtud de este cambio, tales territorios o jurisdicciones dejarán el referido listado el que quedó compuesto por 147 integrantes entre los que destacan Hong Kong, Cuba, Puerto Rico, Haití, Irak y Kuwait. Revisa el listado completo.
El SII precisó que los cambios son efectivos a través de la la Resolución N°55, publicada el 5 de julio de 2018.
Asimismo indicó que los contribuyentes podrán consultar al Servicio por el cumplimiento de los requisitos que establece la norma, tanto respecto de los países incorporados en el listado, como de aquellos que no se encuentran en éste.
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