SMA ordena plan de contingencia a Termoeléctrica Guacolda por muerte de aves marinas
Si bien la Termoeléctrica cuenta con seis Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), la fiscalización en terreno de la SMA constató que en la evaluación ambiental no se proyectaron efectos en la avifauna.
Luego de verificar la muerte de 105 aves Cormorán Guanay —especie clasificada como “casi amenazada”—, cuyos cuerpos se encontraron en los pozos de aducción de la central termoeléctrica, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó Medidas Urgentes y Transitorias a Guacolda Energía SpA, a fin de que se implemente rápido un plan de contingencia que evite la muerte de animales marinos por su ingreso a los sistemas de aducción de la planta desaladora de la empresa.
A través de un comunicado, la SMA indicó que las aves muertas fueron encontradas el 7 de abril por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al igual que otros 15 ejemplares vivos y un chungungo —clasificada como “en peligro”— que se encontraban desorientados, pero que fueron devueltos a su hábitat. Después de descartar que las aves tuvieran Influenza Aviar, se determinó que lo más plausible es que su muerte se debiera a succión de agua de mar que realiza la central termoeléctrica.
Si bien la Termoeléctrica Guacolda cuenta con seis Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), la fiscalización en terreno de la SMA constató que en la evaluación ambiental no se proyectaron efectos en la avifauna.
Según el jefe regional de la Superintendencia en Atacama, Felipe Sánchez, los “efectos no previstos en la evaluación ambiental del proyecto, dieron origen a una situación que amenaza con dañar de gravedad al medio ambiente, fundamentando la dictación de medidas que gestionen de manera preventiva el riesgo que existe con la operación de la termoeléctrica”.
Frente a esta situación, Guacolda Energía S.A. señaló que lamentaban este suceso, el cual fue una situación “extraordinaria, imprevista y que nunca había ocurrido en los más de 31 años en los que ha operado Guacolda en la zona”. Aseguraron haber avisado inmediatamente al SAG al percatarse del hecho y tambien haber entregado todos los antecedentes solicitados por la autoridad fiscalizadora a fin de aclarar prontamente la situación.
Asimismo, consignaron en un comunicado que “la mayor presencia de estas aves en la Bahía de Guacolda se da en un contexto en el que la corriente El Niño ha generado una abundancia inusual de peces en el lugar, así como también en medio de una emergencia zoosanitaria generada por la influenza aviar, que ha generado una mortandad de miles de aves en la zona norte del país”.
La termoeléctrica finalizó sus declaraciones garantizando su compromiso a seguir entregando la información necesaria que le sea solicitada y “tomará todas las acciones y medidas adicionales a las que actualmente existen para evitar que un incidente tan excepcional como el ocurrido vuelva a generar las consecuencias que hoy lamentamos”.
Las medidas solicitadas a la empresa son las siguientes:
1. Implementar un plan de contingencia para evitar la muerte de animales marinos por su ingreso a los sistemas de aducción. Éste debe considerar medidas a corto plazo, revisión y refuerzo de los barrotes instalados, sistema de vigilancia y rescate en caso de que se introduzca un animal y una sección que se encargue en caso de que el animal fallezca, incluyendo una necropsia para determinar las causas de su muerte.
2. Presentar un proyecto de medidas de control definitivo a ser implementadas para evitar el ingreso de especies a los sistemas de aducción.
3. Realizar monitoreos de fauna comprometidos en la RCA 191/2010, detallando el catastro de especies censadas y su estado sanitario.
4. Requerimiento de información, para la entrega de los reportes de incidentes remitidos al SAG y los detalles completos de los hechos ocurridos en abril.
La SMA destacó que toda acción implementada por la termoeléctrica será tenida a la vista en un procedimiento sancionatorio, donde las medidas que se implementen pueden ser presentadas como un programa de cumplimiento. Esto podría significar el cierre anticipado del procedimiento, evitando el pago de una multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) o la clausura del establecimiento.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.