Trabajadores podrán pactar jornada laboral de 4 x 3, pero manteniendo las 45 horas semanales

Imagen FIRMA EL PROYECTO DE LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL597
02/05/2019 PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SEBASTIÁN PIÑERA, ACOMPAÑADO POR EL MINISTRO DEL TRABAJO, NICOLÁS MONCKEBERG, FIRMA EL PROYECTO DE LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL PARA LA CONCILIACIÓN DEL TRABAJO, LA FAMILIA Y LA INCLUSIÓN. Mario Tellez/La Tercera

El Presidente Piñera firmó ayer el segundo proyecto de la Reforma Laboral. Se trata de la flexibilización voluntaria de las jornadas de trabajo con dos nuevas modalidades: 4 días trabajados y 3 de descanso con 45 horas de tope semanal, o 180 horas mensuales con tope de 12 horas diarias y hasta 6 días por semana.


Tras la conmemoración del Día del Trabajador, el Presidente Sebastián Piñera junto al ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, firmó el proyecto de ley para la conciliación del trabajo, la familia y la inclusión, la segunda iniciativa en el marco de la Reforma Laboral del gobierno, también conocida como Modernización Laboral.

Este proyecto que ingresaría por la Cámara de Diputados luego que se vote la idea de legislar la reforma previsional (13 de mayo), tiene como principal propuesta la flexibilización de las jornadas laborales para trabajadores de jornada completa (hasta 45 horas semanales), cambiando la distribución que establece la legislación actual.

La iniciativa que contiene 63 páginas, propone cambiar el modelo actual de distribución voluntaria de jornada a través de dos modalidades. La primera es mantener las 45 horas semanales, pero con una distribución de 4 días trabajados y 3 de descanso, con un tope máximo de 12 horas de trabajo (este tope también está considerado en la legislación actual, considerando jornada ordinaria, colación y horas extras)

La diferencia con la estructura actual es que existe un mínimo de 5 días y un máximo de 6 días para la distribución de jornada.

Por ejemplo, si un trabajador solicita una jornada de lunes a jueves para descansar de viernes a domingo, éste podrá trabajar 11 horas y 25 minutos cada día o 12 horas diarias de lunes a miércoles y el jueves 9 horas.

La segunda opción es la de 180 horas mensuales, donde el trabajador no podrá superar las 12 horas diarias, pero no tendrá el límite de las 45 horas semanales, es decir, si un trabajador quiere distribuir su jornada laboral en 6 días y por 12 horas diarias, se mantendrá en la empresa 72 horas, pero trabajará sólo 66 horas efectivas, dado el descuento de la hora de colación.

Así tanto la jornada 4x3 y la de 180 horas mensuales también podrán ser combinadas. Todo esto, con el objetivo de generar mayor descanso para los trabajadores.

En los casos que la jornada diaria sea superior a diez horas de duración, el trabajador tendrá derecho a una interrupción para colación no inferior a una hora, imputable a la jornada diaria

Ahora, cualquier modificación de las jornadas laborales debe quedar estipulado en un anexo de contrato.

Otras materias

En el caso de las horas extras, el proyecto plantea que "bolsas de horas extraordinarias", semanales o mensuales, según sea la jornada elegida por cada trabajador, en que el límite estará dado por la semana o el mes y no por el día como es en la actualidad.

A esto se agrega compensación de horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones, disminuir el tiempo de colación para adelantar el horario de salida y cambiar 2 domingos de descanso al mes por 12 semestrales, en el caso de los trabajadores que por el Código del Trabajo puedan trabajar los domingos.

Además el proyecto incorpora temáticas de inclusión como: contrato de formalización que buscan promover la formalización del trabajo en eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes; los prestadores de servicios digitales estarán obligados a emitir boletas de honorarios, asegurándose de acceder a protección social; subsidio para el empleo de la personas privadas de libertad; nuevas normas que perfeccionan la ley de inclusión y reforzar la normativa en materia de acoso sexual y laboral.

Costo Fiscal

El proyecto señala que "el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia, se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y en lo que faltare, con cargo a la Partida Presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos que anualmente contemple la Ley de Presupuestos".

Sobre el punto, el ministro de Hacienda Felipe Larraín, quien también participó en la firma del proyecto, detalló que "el costo fiscal de este proyecto no es tan significativo desde el punto de vista de los recursos fiscales pero sí existe, son $1.200 millones por año que tiene que ver con la extensión del subsidio al empleo joven".

Sobre el impacto en la creación de empleo, en tanto, Larraín sostuvo que se están analizando cálculos preliminares que se darán a conocer próximamente.

JORNADA-LABORAL-GRAFICO.jpg

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.