Tribunal propina duro golpe a dupla SVS-CDE y revoca multas a León Vial y LarrainVial
Un duro revés sufrió la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en la arista civil del denominado Caso Cascada. En un fallo de primera instancia el 29° Juzgado Civil de Santiago resolvió anular las multas que había decretado el regulador en contra de Leonidas Vial y la corredora de bolsa LarrainVial, ascendentes a US$20,4 millones y US$8,2 millones, respectivamente.
Se trata del resultado del primer juicio de reclamación por las multas que en septiembre de 2014 la SVS impusiera a través de su Resolución N°233, y cuyas multas en total sumaron US$160 millones.
El tribunal civil a cargo de la juez titular, María Cecilia Morales, detalló una serie de falencias en que habría incurrido la investigación del regulador de mercado de valores, cuestionando el modelo de esquema con que fundó su acusación. La sentencia resulta ser un golpe frontal a la defensa que realiza el Consejo de Defensa del Estado (CDE) de las multas y que a la fecha están siendo objeto de reclamación en tribunales civiles.
“Esta sentenciadora estima que la SVS, en su exceso de celo en su función fiscalizadora, se centró en el llamado ‘esquema’ y en base a ello realizó una función interpretativa y errada que la llevaron a simplemente presumir comportamientos infraccionales de las reclamantes, lo que ha sido descartado en autos con el análisis e interpretación de los elementos fácticos y normativos determinantes del caso de marras, así como la abundante prueba rendida”, señala la sentencia de 121 páginas a la que tuvo acceso este medio.
El fallo vino a ratificar lo dictaminado en la demanda que interpusiera AFP Provida en contra del empresario y sus sociedades. Esto luego que a mediados de noviembre, el 21° Juzgado Civil de Santiago rechazó la acción de indemnización de perjuicios debido a que la administradora de fondos de pensiones no acreditó la existencia de perjuicios a los fondos de pensiones que administra.
Más claro aún, el tribunal que respaldó el reclamo de Leonidas Vial y la corredora de bolsa LarrainVial sostuvo que la formulación de cargos en contra de la corredora, tuvo lugar una vez transcurrido el plazo de prescripción de seis meses, motivos por los cuales las reclamaciones interpuestas fueron acogidas.
“Se advierte que las operaciones de venta de acciones Calichera-A de fecha 23 de septiembre de 2010 carecen del mérito suficiente para ser calificados como un acto, práctica, mecanismo o artificio engañoso fraudulento”, concluyó en su dictamen la jueza María Cecilia Morales.
De igual forma, la magistrada concluyó que “no se advierte en manera alguna que LarrainVial Corredores de Bolsa haya incurrido en la infracción imputada a los dos incisos del art. 53 de la Ley de Mercado de Valores”. Así como también el tribunal concluye “sin duda alguna que no ha cometido infracción al art. 64 del Reglamento de Operaciones de la Bolsa Electrónica de Chile y art. 66 del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Santiago”.
Cabe señalar que la intensión que según la teoría de la SVS se habría simulado con las operaciones analizadas, “no resulta posible de conseguir, ya que como se advierte en la Norma Internacional de Contabilidad NIC-27, en particular de su párrafo 24, al consolidar los estados financieros de la dominante y sus dependientes”, cuestionó la magistrada.
En su sentencia, la magistrada admite “la difícil labor de detectar y demostrar una intención subyacente en un acto simulado que cumple con las formalidades que le son exigidas”. Sin embargo, afirma que la intención atribuida a un acto simulado debe resultar concordante con los medios utilizados para su simulación y en la especie dicha concordancia.
“Imputar la intensión de mantener la propiedad de los títulos al someter su transacción a una Operación Directa, como la efectivamente utilizada, resulta tan carente de fundamento como imputar una intensión homicida a una calumnia”, concluyó la jueza del 29° Juzgado Civil de Santiago.
Respuestas
LarrainVial C.B. celebró el fallo del 29° Juzgado Civil conocido esta mañana que anuló la multa impuesta por la SVS contra LarrainVial y Leonidas Vial, uno de sus principales controladores.
A través de un comunicado, la corredora señaló que este fallo “confirma lo que hemos sostenido desde el comienzo de este proceso hace dos años”.
Esto es que “LarrainVial y sus ejecutivos siempre actuaron con estricto apego a la ley y a la regulación vigente, sin incurrir en falta alguna y menos teniendo conocimiento de un supuesto esquema para perjudicar a los accionistas minoritarios de las empresas controladoras de SQM”.
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