Comisión de Derechos Fundamentales aprueba en general derecho a la vivienda y a la seguridad social

Convención Constitucional: 23 de Febrero 2022
FOTO: LUIS FELIPE ARAYA / AGENCIAUNO

Este martes, la comisión visó cinco iniciativas populares de norma relacionadas a los derechos sociales que buscan ser integradas al texto de propuesta de nueva Constitución. Entre estos destacan la aprobación de la iniciativa No Más AFP, el derecho al trabajo, derecho a la vivienda y derecho al cuidado. Sin embargo, la comisión rechazó, con votos mayormente desde colectivos de izquierda, la propuesta popular titulada “Con mi plata, no”, decisión que levantó críticas por parte de distintos convencionales de derecha.


En una nueva jornada de votaciones en general, la comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, compuesta por 33 convencionales, discutió nuevos artículos relacionados a los bloques tres y cuatro sobre derechos sociales.

En esta línea, la comisión aprobó en general la iniciativa popular de norma (IPN) -que en su momento alcanzó las 15 mil firmas para ser discutida dentro de la Convención- que establece el derecho a la vivienda.

Según el texto, toda persona tiene derecho a una “vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida familiar, personal y comunitaria”. Asimismo, se sostiene que el Estado deberá asegurar el goce de este derecho contemplando como mínimo un espacio suficiente para la producción y reproducción de la vida, que cuente con condiciones de habitabilidad, higiene, comodidad y seguridad accesible, entre otras características.

Del mismo modo, la comisión visó, con 20 votos a favor, 12 en contra y una abstención la iniciativa popular de norma que establece el derecho a la seguridad social, presentada por la Coordinadora Nacional No Más AFP. En el texto se sostiene que tales derechos son universales y será deber del Estado y de los trabajadores establecer su control a través de “cotizaciones obligatorias”. En tanto, su administración “recaerá en entes públicos, autónomos sin fines de lucro, cuyo directorio estará integrado por representantes del Estado, los empresarios y los trabajadores”.

Tras su aprobación, el constituyente y ex coordinador de la comisión, Matías Orellana (Colectivo Socialista) celebró en sus redes sociales.

No obstante, una de las votaciones que despertó mayor asombro por parte de los convencionales fue el rechazo a la propuesta popular de norma que alcanzó 60.850 firmas para ser discutida dentro de la Convención, presentada por la agrupación Con Mi Plata No. En concreto, la iniciativa sostenía que el Estado deberá tutelar el derecho a la seguridad social, además de la creación de un “sistema de seguridad social que asegure el acceso (...) a una pensión básica universal, cuyo financiamiento provendrá de la recaudación tributaria general”.

El rechazo de la norma desató diversas reacciones por parte de los convencionales, principalmente de sectores de derecha.

Otros de los artículos aprobados

De igual forma, la comisión visó el derecho al cuidado y se otorgó reconocimiento al trabajo doméstico. De esa forma, con 24 votos a favor, seis en contra y dos abstenciones el Estado reconoce que los trabajos domésticos y de cuidados “son trabajos socialmente necesarios e indispensables para la sostenibilidad de la vida y el desarrollo de la sociedad”. También la norma establece que “son una actividad económica que contribuye a las cuentas nacionales y que deben ser considerados en la formulación y ejecución de las políticas públicas”.

En esta misma materia también se aprobó, con 17 votos a favor, 14 en contra y dos abtensiones el “Derecho al cuidado de los primeros mil días de vida” que busca dar protección de la maternidad y co- parentalidad, “entendido como un derecho fundamental básico, que le corresponde a todas las personas, por el hecho de ser tales”.

También, se visó lo referente al “Derecho a la libertad sindical”. En ese sentido, la Constitución asegurará a “trabajadoras y trabajadores, tanto del sector público como del privado, el derecho a la libertad sindical”. Esto comprende el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga. Así, el legislador no podrá prohibir la huelga, solo establecer ciertas limitaciones. Por lo demás, “no podrán declararse en huelga los integrantes de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública”.

Por último, se aprobó en general la iniciativa que “proscribe la práctica de la desaparición forzada, tortura y otros tratos” además de imponer “deberes de prevención e investigación en protección de los Derechos Humanos y otras materias”. Además, la norma establece el derecho a la verdad para las víctimas y la comunidad respecto de las graves violaciones a los DD.HH. al igual que el derecho a la reparación integral y el derecho a la memoria, puesto que la comunidad tiene el derecho a recordar el pasado y relacionarlo con el presente.

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