De qué se trata la ley que rebaja un 80% de las multas del TAG
Fue publicada durante el jueves en el Diario Oficial y ya entró en vigencia.
Ya entró en vigencia la ley para rebajar multas de tránsito asociadas al no pago del TAG, diseñada con la intención de crear un sitio único para liquidar las cuentas de telepeajes para facilitar el trámite a los usuarios y disminuir el precio de las infracciones.
La ministra de Obras Públicas, Jessica López dijo que es “un proyecto de ley que beneficia potencialmente a 600 mil vehículos, y que hasta la fecha y con la rebaja del 80% significa el pago de US$110 millones aproximadamente y que van en beneficio de los municipios”.
¿Qué establece la ley que rebaja multas del TAG?
Esta ley para rebajar las multas por el TAG cuenta con lineamientos que benefician a los propietarios de vehículos que cuentan con deudas, entre ellos se encuentran:
- Posibilidad de rebajar la deuda: disminuirá en un 80% las multas de tránsito asociadas al no pago de telepeaje, el proyecto establece que el beneficio solo aplicará a las infracciones asociadas a una misma patente en el Registro de Multas de Tránsito No Pagadas, que estén vinculadas a la falta de pago del TAG. Asimismo, para acceder al beneficio, el infractor no debe tener deudas de telepeaje con ninguna de las concesionarias de obras viales, lo cual se verificará mediante consulta al sitio electrónico único que crea la ley.
- Otorga la opción de pagar el menor monto entre el 20% de las multas o 100 UTM. Este beneficio solo aplica a la todas las multas del artículo 114 de la Ley de Tránsito (circular sin TAG) y las originadas por la infracción del artículo 42 de la ley de concesiones (no pagar la tarifa o peaje), asociadas a una misma placa patente, al momento de renovar el permiso de circulación.
- Disponer de un sitio en Internet para realizar el pago unificado de los diversos peajes de las rutas concesionadas: la página web contendrá el costo total de las empresas concesionarias. El proyecto de ley establece que podrán pagar por este sistema todos los usuarios de autopistas, tengan o no contrato de televentas, y el sitio deberá ajustarse a los requerimientos técnicos, operativos y con las medidas de seguridad que el Ministerio de Obras Públicas exija.
- Se establece que cada concesionaria aportará al costo del sitio electrónico proporcionalmente a su respectiva facturación, y las nuevas obras viales que dispongan de sistema web de cobro, también deberán adherirse a este sitio único. Además, deberá ser creado, implementado y mantenido por un tercero elegido mediante licitación y deberá estar operativo seis meses después de haber sido publicado el reglamento de la ley.
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