Ley Uber: conoce las normas regularán a las empresas de aplicaciones de transporte
Una normativa para conductores, vehículos y usuarios. Revisa los detalles que regirán a las empresas.
La Ley EAT, también llamada Ley Uber, es una iniciativa del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que permitirá aumentar la regulación y seguridad en los viajes que realizan las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT).
Se trata de la creación de un Registro Electrónico de las compañías, que normará la operación de conductores y vehículos que prestan servicios, con el fin de mejorar estándares de seguridad para los usuarios.
El titular de cartera de transportes, Juan Carlos Muñoz, dijo que “el explosivo crecimiento del uso de aplicaciones exigía contar con una regulación clara y efectiva, que diera certezas a los pasajeros, a los conductores de las aplicaciones y también a quienes participan del transporte regulado”.
¿De qué se trata la Ley Uber?
Según lo contemplado por el Senado y el Ministerio de Transportes, las exigencias y garantías para vehículos y pasajeros serán establecidas en las normas que regirán en la Ley EAT. Estas son las siguientes:
- Quienes participen en estas aplicaciones tendrán la obligación de inscribirse en un Registro Electrónico de Empresas de Aplicación de Transporte, a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de las compañías, vehículos y conductores asociados.
- Los vehículos solo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial, inhabilitará la inscripción.
- Considera que el prestador deberá entregar información sobre la operación del servicio como los trazados de ruta, tiempo estimado al destino, tarifas e identificación del conductor.
- Prohibirá recoger a pasajeros en la vía pública sin reserva previa.
- Permitirá que los taxis, en cualquiera de sus modalidades, con excepción del colectivo, puedan adscribirse a una o más EAT.
- Permitirá conocer el parque automotriz de vehículos que actualmente realizarán estos servicios.
- Establecerá que los conductores de las aplicaciones de transporte no pueden haber sido condenados por delitos de connotación sexual ni relacionados a drogas.
En el marco de prestación del servicio:
- La ley, permitirá que se contraten seguros para los vehículos, conductores, pasajeros y terceros.
- Las empresas deberán ser personas jurídicas, del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.
- Las aplicaciones deberán informar al usuario la tarifa previa, la que no podrá variar.
- Solo podrán registrarse vehículos con propiedad de personas naturales.
- No se podrán registrar más de dos vehículos pertenecientes a un propietario. (Pero sí podrán operar en distintas EAT).
- Los conductores deberán contar con licencia profesional.
- Los conductores deberán tener un certificado de antecedentes especiales de anotaciones por delitos de connotación social.
- La constancia de delitos será objeto de la eliminación del registro.
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