Corte Suprema obliga a isapre a cubrir tratamiento para Hepatitis C
<P>El máximo tribunal estimó que al negar los fármacos se vulneraban garantías constitucionales. </P>
La Corte Suprema resolvió a favor de un paciente de Hepatitis C -uno de los 80 problemas de salud del Auge/Ges- y obligó a su isapre a cubrir un tratamiento de alto costo, que no está incluido en la canasta del programa para esta patología, pero sí en sus guías clínicas.
El fallo unánime de la Tercera Sala del máximo tribunal, ratificó la acción presentada por el afiliado Rafael Valdebenito contra Cruz Blanca, argumentando que existió un actuar arbitrario de la isapre y ordenándole entregar los medicamentos "Sofosbuvir" y "Daclatasvir".
La isapre, en el escrito, planteó que dichos fármacos son ambulatorios, por lo cual están excluidos de la cobertura del contrato de salud. La firma argumentó, además, que los productos no están en la canasta Ges, ni pueden ser objeto de cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas.
El fallo precisó que el actuar de la isapre "carece de razonabilidad y vulnera las garantías constitucionales". Esto porque el medicamento, que tiene efectividad de 98% para curar la enfermedad, permitiría al paciente -la esposa de Valdebenito-, mejorar su salud y calidad de vida.
"Mi señora fue trasplantada en 2010 de hígado, pero el daño volvió porque el virus no fue erradicado. Fue una gran batalla y ahora un gran golpe para las isapres, por ser un medicamento ambulatorio de alto costo", dijo Valdebenito.
Según Marcos Aguirre, vocero de la Fundación de Pacientes con Hepatitis C, el dictamen sienta "un precedente, ya que es primera vez que se gana un recurso así". Agregó que "nos produce alegría que las cortes nos estén dando la razón, porque nos sentíamos desamparados en el sector privado".
Se trata de fallos que abren un nuevo flanco de judicialización contra las isapres, esta vez por coberturas, que se suma a los 130 mil recursos de protección presentados en 2015 por alzas unilaterales de precios en los planes.
El vocero de la Corte Suprema, Lamberto Cisternas, explicó que producto de estas gestiones existe un recargo de las cortes, pero a que recurrir a la justicia es un derecho. "Sería importante, en la práctica, que el aparato administrativo actúe rápida y eficazmente, de tal manera que los particulares se vieran más incentivados en ir por esa línea que por la vía judicial".
Pedro Barría, abogado de usuarios isapres, dijo que "el precedente que se está sentando es que la medicina tiene que ser basada en evidencia." y que si ésta "indica que los fármacos de las canastas no son los adecuados y sí lo son los de las guías clínicas, esos hay que utilizar. El proceso de modificación de una canasta Auge es demoroso".
Las isapres fueron consultadas por el tema, pero declinaron hacer declaraciones.
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