"El superintendente tiene una potestad que no es discrecional"

<P>Ex presidenta del Colegio de Abogados dice que interpretación de la ley en el caso cascadas fue inconstitucional. </P>




Que el mismo superintendente fiscalice, formule cargos y multe. Ahí radicaría, según la abogada Olga Feliú, el problema de la sanción de 550 mil UF que cursó la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) contra Roberto Guzmán en el caso cascadas, y que la semana pasada el Tribunal Constitucional (TC) obligó a rebajar a 15 mil UF.

"La tesis de la proporcionalidad no es nueva en nuestro ordenamiento jurídico y que el TC pueda determinar que es inaplicable una norma que ha aplicado un superintendente, tampoco es nuevo. Los tribunales lo han hecho en múltiples oportunidades, tal como corresponde", recalca la ex presidenta del Colegio de Abogados.

¿Cuál es el problema de fondo de la norma?

Yo creo que más temprano que tarde se va a declarar que esa norma es inconstitucional, porque permite un arbitrio, una discrecionalidad al que impone la sanción que es inconciliable con la garantía que tienen las personas.

¿Se resta autoridad al limitar las multas a 15 mil UF?

Para nada. El superintendente tiene una potestad que no es discrecional, está afecto, como todo quien dirige un organismo público, al principio de legalidad. Como dijo una vez un Presidente, son prisioneros de las leyes.

¿Hubo vicios de legalidad entonces en este proceso?

Hubo una aplicación de una norma que permitía una determinada discrecionalidad, en mi concepto, inconciliable con el ordenamiento jurídico. Las autoridades que tienen potestad para sancionar, en el ámbito que sea, no puede tener una potestad discrecional, porque se trata de leyes que tienen un contenido sancionador, y ese contenido está amparado por garantías constitucionales, pero también por tratados internacionales.

Si se asume que la norma tiene problemas, ¿cuánta responsabilidad tuvo el superintendente?

Cuando lo hizo, lo interpretó de una manera tal que incurrió en la inconstitucionalidad. El TC es el que le tiene que dar el parámetro y estar controlando.

¿Qué le pareció la reacción del superintendente Carlos Pavez?

Me parece que es una demostración de algo que en nuestra legislación penal desapareció, que es que la misma autoridad que investiga es la que impone sanciones. La nueva legislación que hoy se estudia para la Comisión de Valores y Seguros, separa el investigador del sancionador.

¿Por qué ayudaría en este caso?

Porque en el actual esquema, el investigador se enamora de su investigación y se transforma en un fiscal del Ministerio Público, en acusador y juzgador. Y eso no es debido proceso. Por eso esta reacción del superintendente con los medios, porque él estaba muy feliz cuando investigó, cuando acusó y cuando multó.

¿Esto cuestionaría todas las sanciones que ha aplicado la SVS?

Por supuesto que sí, por eso ha habido tanta reclamación, y por eso que reiteradamente se ha planteado la falta de debido proceso y en múltiples casos así ha sido declarado por los tribunales de justicia. Y por eso no me impresionó el fallo ni la reacción del superintendente, porque él está convencido de la culpabilidad y que tiene facultades omnímodas para sancionar como quiera. No hay autoridad alguna, en ningún país civilizado, que pueda tener eso. La norma de la proporcionalidad no se trata que esté o no en la ley de valores, esta norma nace del derecho de las personas frente a los códigos penales.

¿Qué consecuencias puede tener en las otras multas que aplicó en el caso cascadas la SVS?

Son buenas consecuencias, porque con esto tienen que ajustarse a la ley. Ese es el mayor valor que tienen los fallos judiciales, que ellos enseñan a las autoridades cómo debe ser la aplicación de las leyes.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.