SII multará a empresas que incumplan normas de precios de transferencia

<P> Proyecto que prepara el gobierno las obligará a identificar operaciones con declaración jurada anual.</P>




El viernes de la semana pasada, un grupo de expertos tributarios privados llegó hasta las oficinas del Servicio de Impuestos Internos (SII). Allí se reunieron con el director del organismo y otros funcionarios, quienes les expusieron los principales detalles del proyecto sobre precios de transferencia que prepara el gobierno.

En su cuenta pública realizada en marzo, el titular del SII, Julio Pereira, afirmó que Hacienda afinaba un proyecto de ley, con el objetivo de actualizar las normas sobre precios de transferencia. Esto se refiere a los valores a los cuales se realizan transacciones de bienes y servicios entre empresas relacionadas, cuando una está en Chile y la otra en el exterior, por ejemplo, matrices y filiales. La idea es que los precios de estas operaciones sean iguales a los del mercado, y no más bajos para pagar menos impuestos.

Trascendió que el proyecto plantea aplicar multas a las empresas, en caso de que Impuestos Internos determine que los precios a los que se realizaron las operaciones no se ajustan al mercado.

La sanción que se establezca será adicional al pago del impuesto que corresponda por la diferencia entre el precio fijado por la empresa, y por el cual tributó, y el que determine después el SII. La tasa del impuesto por esa diferencia será de 35%, ya que se considerará como retiro de utilidades.

La norma vigente permite a Impuestos Internos estimar que el precio de transferencia de una operación no es el que corresponde y cobrar en consecuencia. Sin embargo, los casos en que esto ha ocurrido son escasos y el fiscalizador sólo ha exigido el pago por el ajuste que realiza del precio, más los intereses por mora.

"La penalización es la ya existente y es el resultado del ajuste. Lo importante es que se agregarán nuevas multas en caso de incumplimiento", afirma Osiel González, socio de impuestos internacionales de Ernst & Young.

"Todas las legislaciones avanzadas del mundo prevén la aplicación de importantes sanciones en el caso de incumplimientos a la normativa de precios de transferencia", agrega Roberto Carlos Rivas, socio de Tax&Legal de PwC Chile.

Declaración jurada

El proyecto -que se presentaría este semestre- establece, además, la obligación de los contribuyentes de realizar una declaración jurada anual, identificando todas las transacciones realizadas con empresas relacionadas en el exterior.

Los detalles del contenido de esta declaración los determinará el SII a través de una circular. Sin embargo, según tributaristas privados, esta debiera establecer los precios de transferencia de cada operación y la metodología por la cual se fijaron. Esto busca facilitar la fiscalización del organismo.

"Con esa información, el SII va a poder pedir justificación de determinadas operaciones. Hoy, es el SII el que tiene que demostrar que los precios entre partes relacionadas no son los correctos. En el futuro, será el contribuyente el que tendrá que demostrar que los precios se ajustan al mercado", dice Alvaro Mecklenburg, socio de Tax & Legal de Deloitte.

Ante un proceso de fiscalización, el contribuyente tendría un plazo de 30 días para presentar al SII la documentación o estudios que avalen que los precios utilizados son los correctos.

La ley establecerá los métodos a través de los cuales se podrán calcular los precios de transferencia, de acuerdo con la recomendación de la Ocde en esta materia.

Acuerdo anticipado

Tal como había adelantado el director del SII, el proyecto también contemplaría la posibilidad de realizar Acuerdos Anticipados de Precios. Estos permiten al contribuyente acordar previamente con el SII la metodología para evaluar una determinada transacción.

Estos acuerdos, que también se realizan en otros paíse, se basan en estudios de precios que realizarían las compañías y su ventaja es dotar de mayor certeza a priori respecto de las transacciones.

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