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SII trabaja en mayor fiscalización de Fondos de Inversión Privados

<P>Los denominados FIP se crearon en 2000 para desarrollar la industria de capital de riesgo. Sin embargo, los beneficios tributarios que ofrece la ley para crear esos fondos ha derivado en prácticas que la autoridad revisa con atención.</P>




Si bien la figura de los Fondos de Inversión Privados, o también llamados FIP, estuvo en el debate público en torno a la reforma tributaria del gobierno, al final no fue abordado en el texto que hoy tramita el Congreso. El diagnóstico de la autoridad, sin embargo, es que en algunos casos dichos fondos se han usado con fines tributarios cuestionables y no necesariamente para el objetivo con el que se crearon, razón por la cual el Servicio de Impuestos Internos (SII) se encuentra trabajando en una mayor fiscalización de los FIP registrados a la fecha.

Creados en la Reforma al Mercado de Capitales I (ver recuadro), los FIP son vehículos o instrumentos de inversión para proyectos emergentes o innovadores, lo que se conoce como capital de riesgo o semilla. Se forman por aportes económicos de personas o entidades, y son gestionados por administradoras de fondos de inversión o sociedades anónimas cerradas, por cuenta y riesgo de los aportantes (ver datos clave).

Para promover la creación de FIP, la ley plantea una serie de incentivos tributarios que benefician a sus aportantes. Una de las principales características de la tributación de esta industria -para aportantes y administradoras- es que la rentabilidad que obtienen los Fondos de Inversión Privados no está gravada con el Impuesto de Primera Categoría que pagan las empresas (del 18,5% por utilidades obtenidas y distribuidas).

En cambio, los beneficios que distribuyen los FIP entre sus aportantes sí deben pagar los impuestos global complementario (del 5% al 40% por las rentas personales provenientes no del trabajo remunerado) o adicional (del 35%), según corresponda. La aplicación de los impuestos se debe a que los beneficios, según la norma, tienen el carácter de dividendos para efectos tributarios.

En opinión del SII, los FIP están en ventaja financiera frente a los demás contribuyentes. Aunque no hay estadísticas oficiales, el organismo ha identificado cerca de 300 administradoras que prestan servicios a un universo de casi 650 FIP. Sobre el 70% está en la Región Metropolitana.

Alvaro Clarke, ex superintendente de Valores y Seguros, explica que para un mercado de capitales eficiente, la creación de los FIP como vehículo financiero ha sido clave. "Los FIP se crean para levantar capital para proyectos que si bien tenían valor económico, por su mayor riesgo no lograban atraer recursos. Eso es básicamente a lo que se aspira en el ámbito de políticas públicas cuando se plantea desarrollar el mercado de capitales", dice.

El éxito de los FIP ha sido fundamental para apoyar proyectos innovadores, asegura el presidente de Gerens Capital, Patricio Arrau. "Los fondos de inversión privados son imprescindibles para hacer capital de riesgo. Es indispensable tener este instrumento que nos permite crear empresas, crear valor futuro y liberar el impuesto de la ganancia capital", dice. Destaca que su aporte es tal que la Corfo lo considera clave en sus políticas de financiamiento.

Pero el abogado Axel Buchheister, quien asesoró a la entonces oposición en la tramitación del MKI, si bien coincide en que "los FIP surgieron como una correlación entre fondos de inversión e industria de capital de riesgo, también fueron concebidos para ofrecer una herramienta más de estructuración de negocios".

Arrau discrepa: "Los FIP se crearon para administrar la creación de valor en forma fiduciaria y no aprovecharlos para estructurar un holding de empresas o que sus aportantes administren su patrimonio", afirma.

Bajo la dirección de Ricardo Escobar en el SII -en la era Bachelet- comenzó el interés por revisar los FIP. La tarea siguió con el actual director, Julio Pereira. De hecho, para elevar los controles tributarios sobre los FIP, desde 2010 el SII exige a las sociedades administradoras presentar la Declaración Jurada Anual N° 1804 sobre Fondos de Inversión Privados. Esta contiene antecedentes sobre su constitución, patrimonio, partidas de balance, control de utilidades, repartos de beneficios a los aportantes y los gastos rechazados. "Ha sido un gran paso para poner trabas a la planificación tributaria que se hace usando los FIP. Tanto así, que con esto el SII dio a todos los fondos un RUT que le permite identificar todos los movimientos y operaciones que se hacen en la industria", dice Arrau.

En el SII aclaran que es política permanente fiscalizar el cumplimiento tributario. Sin embargo, están reforzando los controles en los FIP y en especial en tres áreas.

Primero, revisar la tasación de los activos que se aportan al FIP para asegurar que partícipes y administradoras respeten el valor tributario de los activos que se adquieren. El SII sostiene que "los aportes efectuados a los FIP son susceptibles de tasación por parte del servicio y, por tanto, deben efectuarse a valor de mercado y no a valor de libro".

Se busca asegurar que el aporte a los FIP se haga a valores de mercado y no a uno inferior que, a la larga, pudiera permitir una futura evasión de impuestos cuando ese activo se enajene o venda. "Lo que ocurre es que ese activo se vende a valor de mercado, que es mayor al valor de aporte, pero la diferencia -que es ganancia para los partícipes del FIP- no paga impuesto de primera categoría y eso es una forma de evadir impuestos", explican.

El segundo foco es revisar a los FIP que cuelgan de matrices con pérdidas tributarias. El SII cuestiona que a través de los FIP se traspasan activos de una propiedad a otra sin afectarse el mayor valor con el Impuesto de Primera Categoría y a veces ni siquiera con los impuestos finales. Esto, pues los beneficios que obtiene el FIP son repartidos a empresas partícipes que mantienen pérdidas tributarias y así evitan pagar impuestos por la ganancia que generó la transacción de la propiedad.

Lo anterior no necesariamente es ilegal, aclaran, pero es clave comprobar la "calidad de esa pérdida". "El análisis se hará a la matriz. Se está mirando en detalle cuando un FIP distribuye a una sociedad que tiene pérdida. Mirando la calidad de la pérdida en cuanto a su origen y naturaleza, es decir, que no tiene causa económica, o una pérdida que está asociada a no renta", explican.

El tercer punto es establecer que no procede la reinversión de utilidades en los FIP. Según la autoridad, no se puede hacer reinversión de utilidades tributables en un FIP. Esto quiere decir que cuando un socio retira platas del Fondo de Utilidades Tributables (FUT) no puede postergar su tributación pendiente a través de un fondo de inversión privado y, por tanto, una vez que lo hace se le gatillan todos los impuestos. "Si alguien retira del FUT para reinversión en un fondo de inversión privado, está en una contingencia tributaria de impuestos finales. Y eso se fiscaliza atentamente", afirman.

Adicionalmente, otro punto se refiere a algunas confusiones en las declaraciones de los distintos FIP con sus administradoras, principalmente en la declaración y pago de IVA respecto de los créditos y débitos declarados. Esto, porque es frecuente que los créditos de un fondo compensen los débitos de otros fondos o de la misma administradora. Esto finalmente permite que no se pague el IVA respectivo.

"Si bien los FIP han desarrollado grandes y valiosos proyectos, también han sido mal utilizados para fines que se alejan del propósito con el que fueron concebidos y eso hace necesario un ajuste de sus contenidos", afirma Clarke. Pero por su rol en el mercado de capitales, dice que lo aconsejable es que permanezcan.

Opinión que comparte Arrau: "Lo que necesitamos es entregarle facultades al SII para que identifique qué estructura de FIP es para administración fiduciaria en general y quiénes usan el vehículo para administrar su propio patrimonio, para hacer planificación tributaria. El problema está en que en Chile no existe la separabilidad que en otras partes sí está regulada entre aportantes y administradores, un punto clave que impediría que se usase la estructura de los FIP para otros fines".

Buchheister no concuerda con lo anterior y plantea que "es preocupante la estigmatización" que hay en torno a la figura de este instrumento y las razones de por qué se cuestiona su uso tributario. A su juicio, es válido que esta figura se utilice, por ejemplo, para una estructuración de empresas. Pero lo que sucede, afirma, "es que desde la perspectiva de la autoridad tributaria, lo que se quiere es que los FIP no se usen para un tratamiento distinto al que (ellos dicen) fue creado".

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