“En consecuencia, resulta forzoso concluir que, dado que no se verifica ilegalidad en la aprobación del PdC (programa de cumplimiento), no se ha vulnerado el derecho fundamental que reconoce el artículo 19 N° 8 de la Constitución ni la Ley N° 19.300 y Reglamento del SEIA, por lo que las alegaciones de la parte reclamante serán desestimadas”, indicó el fallo del tribunal.
24 abr 2023 11:26 AM