El "efecto Poblete": las nuevas denuncias contra sacerdotes fallecidos
La Compañía de Jesús dio a conocer, la semana pasada, dos casos de presbíteros que fueron denunciados por presuntos abusos cuando ya habían muerto. Una de las indagatorias está en curso y en la otra no fue posible establecer la verosimilitud de los hechos. También ha ocurrido en otras congregaciones, como en los Hermanos Menores Capuchinos y en los mercedarios. Se cree que el testimonio de Marcela Aranda, la denunciante del excapellán del Hogar de Cristo Renato Poblete Barth, cuyo deceso se produjo en 2010, pudo haber sido clave para que otras personas sigan ese mismo camino, respecto de religiosos que ya han fallecido.
El pasado viernes, la Compañía de Jesús informó sobre una denuncia recibida contra el sacerdote Gerald Fitzpatrick, fallecido en 2012. Sin embargo, se dijo que los hechos no pudieron ser acreditados. Esa misma tarde, la congregación dio a conocer la situación del exjesuita Felipe Denegri Morales, quien fue miembro de la institución hasta 2008 y murió en 2016. El provincial Cristián del Campo decretó el inicio de la investigación de este último caso.
Estas denuncias, contra religiosos fallecidos, no son las únicas. Se suman a la presentada por la teóloga Marcela Aranda a inicios de año, cuando en enero la Compañía informó de los presuntos abusos que habría cometido el sacerdote Renato Poblete Barth contra la mujer. Su testimonio, dado a conocer a través de medios de prensa, se cree que podría estar actuando como una especie de acicate de nuevas denuncias contra sacerdotes que han muerto.
En otras congregaciones, de hecho, el fenómeno se repite. Miguel Ángel Ariz, superior provincial de los Hermanos Menores Capuchinos, señala que recientemente también recibieron una denuncia contra uno de sus miembros que ya falleció. "Últimamente ha habido alguna denuncia de alguien ya difunto, de los años 60. Como ha salido tanto, hay personas que se han animado a decirlo, no con el ánimo de que se castigue, sino que de esto no se repita más", señala.
Al similar denunció en marzo pasado informó la Provincia Mercedaria de Chile. Mediante un comunicado de prensa, fechado el 26 de marzo y publicado en su web oficial, esta congregación dio cuenta del caso: "Informamos a la comunidad que hemos recibido una denuncia en contra del sacerdote fray Arturo Galaz, fallecido el año 2002 (...) Los antecedentes fueron recibidos inicialmente en la diócesis de Rancagua y derivados a nuestra Provincia. Los mercedarios hemos acogido al denunciante y se ha dispuesto iniciar un estudio exhaustivo con el fin de esclarecer los hechos y recibir posibles nuevas denuncias".
El fiscal nacional, Jorge Abbott, ha sido tajante respecto de este tipo de casos y ha instruido que se deben investigar todos los hechos, incluso aquellos en que los sacerdotes no estén vivos.
El tema también ha acaparado la atención de los legisladores y actualmente está en discusión parlamentaria el proyecto de ley sobre la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores. En relación a una eventual retroactividad de los casos (o sea, que se pudiese eventualmente condenar por abusos a religiosos por hechos ocurridos antes de la aprobación de la ley) la iniciativa pasó a comisión mixta.
Helmut Kramer, miembro de la denominada Red de Sobrevivientes de Abuso Eclesiástico, afirma que conoce nuevos casos de eventuales abusos contra sacerdotes que han fallecido, pero que los denunciantes están en la etapa de "verbalizar lo ocurrido" y analizar futuras acciones ante la justicia civil o eclesiástica.
"Como Red, nuestra invitación siempre ha sido ha poder denunciar a quienes han sido sus agresores, independiente de si están vivos o muertos. Esto ayuda en el proceso de sanación y, por otro lado, el denunciar en la fiscalía ayuda a que ellos puedan armarse una visión global en torno a los casos de abuso eclesiástico y de encubrimiento", afirmó Kramer.
Desde el punto de vista del derecho canónico, el sacerdote diocesano Francisco Walker apunta que existen ciertas dificultades en el transcurso de la indagatoria. Una de ellas, asegura, es que el acusado no se puede defender. Además, sostiene, en estos casos la investigación apunta en lo esencial a dilucidar lo que efectivamente ocurrió.
"Tanto en el derecho civil como canónico no se puede procesar ni condenar a un fallecido, pero eso no quita que se pueda investigar el hecho denunciado para poder darle una respuesta a la persona que ha planteado la denuncia. Esa ha sido la política de la Iglesia acá en Chile para ayudar en el proceso de sanación de una persona", afirma Walker. Añade que "evidentemente se hace más difícil saber la verdad en estos casos, porque no se puede confrontar al acusado".
Para Marcial Sánchez, historiador experto es Iglesia Católica, si bien no puede existir condena o sanción contra una persona muerta, las congregaciones sí debiesen hacerse cargo de las reparaciones económicas: "Primero, porque la persona ya no puede pagar. Segundo, porque efectivamente perteneció a esta orden o congregación. Y tercero, porque hay una reparación de la cual tienen que hacerse cargo, en virtud de ponerse en el lugar del otro".
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