Las incógnitas que deja la incautación de la Fiscalía del informe sobre los abusos de Renato Poblete
¿Qué tanta información contiene el documento sobre las víctimas? ¿Trabajó el abogado Waldo Bown sobre la base del secreto profesional? ¿Cuántas copias existen de la indagatoria original sobre el ex capellán del Hogar de Cristo? ¿ Y cómo lo hará la Fiscalía Sur para proteger a las víctimas?
La insistencia del fiscal regional metropolitano sur, Héctor Barros, fue tal que no sólo pidió una vez a la justicia que interviniera para poder incautar el informe sobre los casos de abuso sexual que involucran al fallecido sacerdote Renato Poblete en contra de, al menos, 22 víctimas.
Ante la negativa explícita de los jesuitas de la no entrega del documento, el jefe regional del Ministerio Público tuvo que recurrir ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago quien, en primera instancia, rechazó la petición del Ministerio Público por considerarla desproporcionada en base a que los delitos estarían prescritos. Fue entonces cuando vino una segunda arremetida de Barros, quien acudió hasta la Corte de Apelaciones de San Miguel la que finalmente, el viernes pasado, dio luz verde para que el Ministerio Público se hiciera de la indagatoria previa que hizo el abogado penalista Waldo Bown y en la que se develan una serie de conductas ilícitas respecto de actos de connotación sexual que habría cometido el sacerdote en vida.
Como la Congregación de los Jesuitas es un recinto de culto, la ley prevee para estos recintos una prerrogativa en que la Fiscalía Sur, tras obtener la orden de incautación por parte de los tribunales de la República, debió oficiar con 48 horas de antelación al provincial Gabriel Roblero para avisarle que se iba a desarrollar una diligencia en su sede. No se llevó a la policía. Con orden judicial en mano y bajo extrema reserva Barros, junto a la fiscal de delitos sexuales Yazmín Salech, llegaron ayer durante la mañana a la Compañía de Jesús para incautar el reservado documento que servirá de inicio para una serie de pesquisas en que el Ministerio Público busca establecer si existe alguna responsabilidad penal que se pueda perseguir respecto a los encubridores y autores de delitos que han sido declarada por la víctima más pública de Poblete, la teóloga Marcela Aranda, y por los testimonios que recoge el informe Bown.
Con el documento en manos del Ministerio Público, surgen una serie de interrogantes que La Tercera PM intenta despejar.
La principal es el deseo que manifestaron las más de 20 víctimas que recoge la indagatoria de Bown respecto de que sus identidades permanezcan para siempre bajo reserva y cuya intención, incluso, era nunca más ser contactadas por alguien. ¿Puede la Fiscalía cumplir con esta condición de las víctimas? La respuesta es no. El motivo de esto es que el ex provincial de los Jesuitas Cristián del Campo realizó una denuncia al Ministerio Público y desde ese instante en adelante, según obliga la Constitución, la Fiscalía tiene que investigar hechos que sean constitutivos de delito y además la participación de personas que estén vivas y que eventualmente deban enfrentar a la justicia. Pese a que el informe Bown habla de hechos delictuales prescritos, el único órgano que puede establecer eso es el Poder Judicial por lo que los fiscales -una vez concretada la denuncia- debían investigar y las principales pesquisas giran en torno a los testimonios que develan eventuales encubrimientos. Fue así como la denuncia de la propia Congregación habilitó a la Fiscalía a indagar el caso y contactar a las víctimas.
Ahora, ¿Puede el Ministerio Público obligar a estas mujeres a declarar? La respuesta es no. En particular en los delitos sexuales la Fiscalía no puede seguir adelante si es que las víctimas no quieren participar del proceso penal. En otros delitos el ente persecutor penal está habilitado para seguir adelante con la indagatoria, pero en ilícitos de este tipo sin la víctima es imposible llevar a juicio un caso.
Lo que desde ya está desplegando la Fiscalía Sur para proteger estos testimonios es que el fiscal Barros ordenó que el informe original -que es el incautado- se guarde en una caja fuerte y la fiscal del caso trabaje con una copia en que se tacharon todos los antecedentes que dan cuenta de las identidades de las víctimas y de antecedentes que puedan individualizarla. En general la Fiscalía trabaja con policías como auxiliares, y para evitar que más personas cuenten con información de este caso, se designó a una funcionaria de la Unidad de Atención de Víctimas para que haga un enlace con la abogada María de los Ángeles del Solar -quien es de la Congregación y ha estado durante todo el proceso en contacto con las víctimas- para que les consulte si desean explicitar -al igual que Aranda- los hechos ante el Ministerio Público.
De haber una negativa, se dejará constancia en el expediente. La Fiscalía, además, en las eventuales tomas de declaración consignará a las víctimas bajo un código que sólo conocerá el Ministerio Público maximizando así las medidas de seguridad a favor de ellas.
El secreto profesional de Bown
El penalista Waldo Bown trabajó este informe bajo secreto profesional. Él se comprometió ante las víctimas que no comentará nada de lo que le confidenciaron a ninguna persona. ¿De ser requerido por el Ministerio Público debe este abogado declarar? La respuesta es sí. Los abogados pueden resguardarse en el secreto profesional, pero éste solo vale entre ellos y sus clientes, y en rigor las denunciantes no son sus clientes. Así es.
El informe contiene el nombre y apellido de las víctimas, además de su edad actual y aproximación de la edad que habrían tenido al momento de los delitos cometidos por Poblete. Este fue uno de los argumentos que expuso Barros y que la Corte de Apelaciones consideró al momento de permitir a la Fiscalía la incautación: varios de los episodios denunciados por los jesuitas dan cuenta de conductas contra menores de edad. Esta situación, junto a delitos de abuso sexual, violación y aborto determinó que la justicia considerara como muy necesario el que el Ministerio Público se hiciera del informe e intente establecer grados de participación (encubridores) en delitos que podrían aún no estar prescritos.
Según conocedores de la indagatoria de Bown, existiría sólo una copia original sobre este informe que fue entregado por el abogado penalista al entonces provincial Del Campo. Este es el que la Fiscalía Sur requirió ayer y que hoy está guardado en una caja de seguridad en el recinto de San Miguel. ¿Pueden existir más copias? Al menos por parte de cercanos a Bown se asegura que el profesional no se quedó con ninguna versión y desde los jesuitas no quisieron responder si realizaron o no copias durante el transcurso de tiempo en que la indagatoria de 407 páginas estuvo en su poder.
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