Ley corta de isapres vs. reforma constitucional: en qué se diferencian las dos propuestas para cumplir el fallo de la Suprema
El proyecto presentado por el gobierno mandata a las isapres a ajustar inmediatamente la tabla de factores y devolver alrededor de US$ 1.400 millones. En cambio, la iniciativa aprobada por la Comisión de Constitución del Senado busca atenuar los efectos del fallo a través de recalcular el precio base de los planes de salud.
La comisión de Constitución de la Cámara Alta aprobó este lunes una reforma constitucional -presentada por los senadores de Demócratas, Matías Walker y Ximena Rincón; de Renovación Nacional, Rodrigo Galilea y Francisco Chahuán; y el timonel de la UDI, Javier Macaya- que busca ser una alternativa a la propuesta del gobierno para cumplir con el fallo de la Corte Suprema, que mandata las isapres aplicar la nueva tabla de factores a todos los afiliados y restituir los cobros en exceso, cuyo plazo vencía a fines de mayo.
En concreto, se trata de una reforma que incorpora una disposición transitoria que permite que las isapres aumenten sus precios bases en todos aquellos planes que la aplicación de la nueva tabla de factores bajaría los precios. Además, la Superintendencia de Salud establecerá un procedimiento de devolución en caso que las compañías tengan que devolver eventuales excedentes pagados por los afiliados, aplicando el nuevo precio de manera retroactiva. Para eso, deberá fijar los plazos y medidas necesarias para cumplir estas normas.
Esta moción se aprobó por tres votos a favor de los senadores Rodrigo Galilea (RN), Matías Walker (Demócratas) y Luz Ebensperger (UDI), y dos en contra: Juan Luis Castro (PS) y Francisco Huenchumilla (DC).
Pero en paralelo, el gobierno ingresó el martes pasado la ley corta de isapres, la que debería ser votada en los próximos días en la comisión de Salud del Senado, aunque aún no hay fecha.
Este proyecto establece que las aseguradoras deben aplicar, una vez sea promulgada la ley, la nueva tabla de factores y eliminar el cobro a los menores de dos años para restituir los cobros en exceso, que la superintendencia calcula que son alrededor de US$ 1.400 millones. En ese contexto, la propuesta del gobierno establece que las isapres deberán informar en un plazo de seis meses el número de contratos afectados por las devoluciones y para luego proponer un plan de pago.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, quien estuvo presente durante la votación de la iniciativa de la oposición, expresó la disconformidad del Ejecutivo con la propuesta, ya que, a su juicio, “cambia la naturaleza y el sentido del fallo de la Corte Suprema”.
“No es que modifique parte de la sentencia, sino que más bien anula lo medular de lo instruido por la Excelentísima Corte Suprema: anula toda la adecuación a la baja de los precios de los planes de salud y, como consecuencia de lo anterior, anula también toda devolución por concepto de adecuación de tabla de factores, manteniéndose únicamente la que corresponde al cobro en exceso para los menores de dos años”, expresó la titular de Salud.
El exministro de Salud y presidente del Instituto de Políticas Pública en Salud (Ipsuss) de la Universidad San Sebastián, Enrique Paris, sostiene que “ambos proyectos establecen que no se les debe cobrar a los niños menores de dos años, la diferencia está en el precio base. Las isapres han dicho que al aplicar la tabla de factores van a tener menos ingresos, entonces este proyecto alternativo que modifica la Constitución propone que se aumente el precio base de los planes para que la aplicación de la nueva tabla de factores no produzca una caída en los ingresos”.
“Lo demás es casi lo mismo, porque en ambos termina con el cobro a los menores de dos años y también se propone que se verifique que se devuelvan los excedentes, pero no hay ninguna otra diferencia”, concluye el extitular de la cartera sanitaria.
El exsuperintendente de Salud, Patricio Fernández, coincide en que “son dos proyectos que apuntan a cosas distintas: uno tiene rango constitucional y apunta a un precio base y no a la tabla de factores”.
Respecto a si esta propuesta de reforma constitucional da por cumplido lo mandatado por la Tercera Sala de la Corte Suprema, Fernández sostiene que “yo creo que sí, pero a este proyecto de ley también hay que hacerle modificaciones y precisiones, no es un proyecto que así como está redactado permita el cumplimiento del fallo. Eso sí, creo que la propuesta de la oposición se puede mejorar con menos indicaciones que el proyecto de ley corta de isapres del gobierno”.
Paris agrega que “esta es una fórmula que idearon los senadores para evitar que las aseguradoras reciban menos ingresos. Si una industria tiene que pagar deudas, y recibe menos ingresos, es obvio que no va a poder pagar lo que debe”.
Karla Rubilar, exministra y jefa de la Unidad de Salud Pública de la Universidad Autónoma de Chile, también añade que “la reforma permitiría dar cumplimiento sin poner en riesgo la continuidad en coberturas y tratamientos de las personas beneficiarias del sistema privado, ni poniendo en riesgo la estabilidad del sistema de salud por completo que generaría enormes perjuicios también sobre los pacientes de Fonasa que se atienden en los prestadores privados o los que esperan por años en una lista de espera y que verían saturado aún más su sistema de salud”.
Otras voces se han sumado a la discusión este martes. Durante la inauguración de la semana de la construcción de la CChC, el Presidente de la República, Gabriel Boric, criticó el proyecto alternativo y señaló que los fallos deben cumplirse.
“No me cabe ninguna duda de que algo en que todos concordamos es que las reglas se deben cumplir. En esto me permito referirme a un tema que ha estado en el centro del debate en los últimos meses, que es la crisis del sector privado de salud. A uno podrá gustarle o no gustarle el fallo de la Corte Suprema; uno podrá estar de acuerdo o en desacuerdo, pero no me cabe duda de que todos estamos de acuerdo en que los fallos deben cumplirse”, dijo Boric.
Y agregó que “como gobierno debemos garantizar que existan las facilidades para cumplir el fallo, pero no para evadir el cumplimiento. Soy crítico del proyecto que se aprobó (...) porque desde nuestra perspectiva lo que realiza es evadir el cumplimiento de un fallo. Debemos garantizar la sostenibilidad del sector privado en el tiempo, pero cumpliendo las reglas. Es un equilibrio difícil y desafiante, pero que no debemos obviar”.
El futuro de los proyectos en el Congreso
Si bien el presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI), dijo que la ley corta de isapres no “flota”, lo cierto es que tanto la propuesta del Ejecutivo como la reforma constitucional alternativa tampoco tiene los votos para prosperar en el Congreso. Ni siquiera tienen el respaldo suficiente para pasar su primer paso legislativo en la Sala del Senado.
En el caso del proyecto de ley que Ejecutivo, que sólo necesita mayoría de los senadores presentes en el hemiciclo, los 25 votos de la derecha son suficientes para frenar su avance y rechazarlo de cuajo.
La reforma constitucional alternativa, en tanto, aunque en teoría puede reunir una mayoría de 27 de votos, sumando a los legisladores de derecha más Rincón y Walker, requiere de 29 respaldos en la Sala. El problema es que ya se instaló entre las fuerzas de izquierda y centroizquierda que esa modificación a la Carta Fundamental es un “perdonazo encubierto” a las isapres, a pesar que esa versión sea negada por sus autores.
Sin embargo, el mayor problema es que además podría interferir en un fallo del Poder Judicial, lo que genera un debate jurídico más complejo. De hecho, el lunes, al anunciar su voto a favor, la senadora UDI, Luz Ebensperger, quien preside la Comisión de Constitución, advirtió que tenía dudas de su admisibilidad (por interferir en otro poder del Estado) y precisó que si bien aprobaría su idea de legislar para permitir que esta reforma se discuta en la sala, ello no implicaba que votaría igual en el hemiciclo.
Por tal razón, aunque esta reforma esté respaldada por algunos senadores de derecha, tampoco hay claridad de que Chile Vamos actúe alineado tanto por la dudas jurídicas como por su efecto en favor de la isapres.
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