Ministerio de Transportes endurece tono ante aplicaciones por Ley Uber: “Irrumpieron prestando servicios infringiendo la legislación”
A través de Contraloría, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, respondió a una presentación de la startup chilena Tucar App, que solicitaba corregir el documento de la Ley 21.533 por contener una serie de ilegalidades. La autoridad de Transportes respaldó el reglamento y señaló que las aplicaciones son quienes han prestado un servicio sin sujeción a regulación alguna.
Desde el 5 de enero de 2024 Contraloría está revisando el reglamento que debe regular a las empresas de aplicaciones de transporte bajo una serie de requisitos, tales como la licencia de conducir, antigüedad del vehículo y cilindrada máxima, entre otros. Esto, en el marco de la implementación de la ley que regula las aplicaciones de transporte (EAT) en Chile, más conocida como “Ley Uber”.
Las empresas de aplicaciones han mostrado su descontento con el contenido del reglamento, acusando que generaría falta de competencia, vulneración de derechos de los conductores y usuarios. Añaden que la nueva norma, además, dejará a 40 mil conductores fuera de la plataforma. Uber, Cabify, Didi, entre otras aplicaciones, han refutado el documento redactado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) en Contraloría.
Hoy, la empresa Tucar Spa se sumó a la lista. El pasado 2 de febrero la startup chilena solicitó al ente contralor que previo a la toma de razón del reglamento “corrija, enmiende o subsane” el documento que “contiene una serie de ilegalidades, errores e inconsistencias de un alcance y relevancia tales”.
La semana pasada el MTT respondió a través del subsecretario de Transportes, Jorge Daza, y en un documento de 18 páginas ingresado a Contraloría el 5 de marzo la autoridad señaló en duro tono que el servicio prestado por las empresas de aplicaciones “irrumpieron informalmente en nuestro país en el año 2014, y desde ese momento se ha venido prestando de manera paralela con los diversos modos regulados”, tales como taxis, colectivos, buses e incluso trenes ligeros.
El MTT apunta a que los conductores y propietarios de vehículos se han expuesto a multas y sanciones dispuestas por la Ley N° 19.040, que establece normas para adquisición por el fisco de vehículos para locomoción de pasajeros “sin que las empresas asuman responsabilidad alguna en la materia, en circunstancias que el transporte de pasajeros constituye una actividad intensamente regulada en atención al riesgo que conlleva el traslado de personas”.
Y el subsecretario también toca un punto relacionado con las empresas vinculadas con el servicio de aplicaciones de transporte de pasajeros pero que, según la legislación, no son consideradas como tales, como es el caso de Tucar App. “Como se señala, este ha buscado un objetivo diverso”, se lee en la respuesta de la autoridad.
Por todo lo anterior, el subsecretario concluye que “las empresas de aplicación de transportes irrumpieron en Chile hace años, prestando servicios de transporte de pasajeros sin sujeción a regulación alguna y - derechamente- infringiendo la legislación”.
Lo anterior, según Daza, motivó un intenso debate que culminó con la dictación de la Ley Nº 21.553, que regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se prestan, “disponiendo los requisitos de las empresas, conductores y vehículos; condiciones de operación, suspensión de inscripciones, entre otras”, que incluso han sido objeto de un “riguroso análisis, con la finalidad de satisfacer los estándares de razonabilidad técnica a los que se encuentra obligada la Administración”.
Un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la Universidad Católica cuantificó el impacto que la nueva ley tendrá en los conductores de este tipo de aplicación. David Bravo, director del centro, dio cuenta a través de un estudio que arrojó que en diciembre de 2023 había 107.500 choferes de aplicaciones móviles y que, de ese total, solo el 15,5% cumplía con los requisitos de antigüedad, cilindrada y licencia presentes en el reglamento. En número de conductores ese porcentaje se traduce en 16.700.
En cuanto al requisito de contar con una licencia profesional, el número de conductores que pasan esta prueba es bastante acotado, llegando al 21,7%, totalizando 23.300, mientras que el 78,3% no tiene licencia profesional, sumando 84.200 choferes.
A la fecha el reglamento aún está siendo revisado por Contraloría y, según comentan entendidos en el tema, su discusión tomaría tiempo ya que cada semana se van sumando nuevos antecedentes a favor y en contra de la reglamentación.
En caso de aprobarse y entrar en marcha, Bravo señala que el impacto en la industria será inmediato entre quienes no cuenten con los requisitos de antigüedad y cilindrada del automóvil. Mientras que el cambio gradual se vería en quienes no cuenten con una licencia profesional, pues el MTT dio el plazo de un año para regularizar ese ítem. No obstante, el efecto en el empleo podría aumentar de 40 mil hasta 88 mil en el caso de que los conductores no logren obtener la licencia profesional en el periodo establecido.
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