Bencineras serán responsables ante la ley si le venden combustible a un conductor ebrio
Corte Federal del Nuevo México dictaminó que se responsabilizará, en caso de accidente posterior, a quienes accedan a vender combustible a personas que hayan bebido alcohol.
Una importante medida para aumentar la seguridad vial se dio a conocer en Nuevo México, Estados Unidos. Desde ahora, los tradicionales “bomberos” de las estaciones de servicio serán responsables ante la ley en caso de que le vendan combustible a personas en estado de ebriedad y estos incurran en un accidente posteriormente.
La medida fue dictaminada por la Corte Suprema de Nuevo México por tres votos contra uno, y se estableció responsabilidad para quienes, a sabiendas, permitan a conductores ebrios cargar combustible en sus vehículos debido al peligro que conllevan esas personas al volante. Es el segundo Estado que adopta esta resolución en el país norteamericano, tras Tennessee.
De esta manera, si ocurre un accidente con esos individuos que cargaron gasolina o diésel, la pena no recaerá solo en quien estaba manejando, sino también en que le vendió el combustible.
El tribunal fundamentó su resolución en un siniestro vial que tuvo consecuencia fatal en 2011. Aquel día, se le vendió combustible a una persona alcoholizada, quien luego perdió el control de su auto, se cruzó de pista e impactó frontalmente a otro vehículo, falleciendo en el lugar el conductor de ese segundo vehículo.
De todas maneras, cabe señalar que ya existe en Nuevo México una ley llamada “negligent entrustment” (atribución negligente), la cual indica que los dueños de materiales potencialmente peligrosos tienen la obligación de proveerlos solamente a personas competentes para usarlos adecuadamente. Ahora, la nueva resolución extendió esa doctrina a la venta de combustibles.
“La gasolina es necesaria para utilizar la mayoría de los vehículos hoy en día. Suministrar combustible a un conductor ebrio es como proporcionarle las llaves del auto a un conductor ebrio. En consecuencia, la responsabilidad por la venta de combustible a un conductor ebrio es consistente con la ley de Nuevo México”, explicaron los jueces.
El único voto en contra fue entregado por la jueza Barbara Vigil, quien reconoció que la medida podría tener un impacto negativo en otras áreas relacionadas con la industria automotriz. “Bajo el razonamiento de la mayoría, los vendedores de cualquier artículo que permitan manejar un auto, no solo el combustible, ahora podrían ser responsables de los accidentes. Por lo tanto, las tiendas de autopartes, llantas, mecánicos y otros también deberían estar involucrados”.
En cuanto a la fiscalización, Vigil precisó que no está claro aún, a lo que se suma el hecho de que existen estaciones de servicio con autoatención y que no se indicó que se hará con los autos eléctricos e híbridos enchufables, modelos que en caso de estar involucrados en un siniestro vial también deberían extender la responsabilidad a las compañías eléctricas.
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