Arzobispado explica el paso a paso que siguió al recibir denuncia contra Tito Rivera
El hombre fue sancionado canónicamente en 2018 con la prohibición de ejercer el ministerio sacerdotal durante 14 años.
La situación de la Iglesia de Santiago se encuentra cada vez más en entredicho. Y es que luego de que ayer se diera conocer la condena que pesa en contra del presbítero Tito Rivera, exrector de la iglesia Las Agustinas, por violación y abusos sexuales, las preguntas crecen y no se hacen más que aumentar.
De acuerdo al reportaje de Radio Biobío, la Fiscalía de Rancagua llevaba una investigación, de la cual el Arzobispado nunca habló. Rivera fue indagado por violar y abusar de jóvenes al interior de la Catedral de Santiago, denuncia conocida por Ricardo Ezzati en 2015, pero que - de acuerdo a la información periodística- sólo a fines de 2016, inició el proceso canónico penal.
Mediante un comunicado, la Iglesia explicó que el 1 de agosto de 2011 se recibió vía correo electrónico desde la página web de Iglesia.cl noticias contra el presbítero Rivera Muñoz por eventual abuso de menores. Consta en el expediente que, hechas las averiguaciones del caso, no fue posible contactar a la denunciante.
El 18 de marzo de 2015, la Oficina Pastoral de Denuncias (OPADE), recibió una denuncia de una persona mayor de edad en contra del mencionado presbítero. El 7 de abril de 2015, en base a esta denuncia, se dio inicio a la investigación previa, estableciéndole medidas cautelares.
"En agosto de 2015 el Arzobispo de Santiago respondió a una petición de la Nunciatura efectuada el 28 de julio de 2015, respecto de entregar los antecedentes del caso. Se remitió la siguiente documentación: investigación previa, otros documentos del archivo y el parecer de dos asesores canónicos. La investigación previa se amplió con nuevos antecedentes que se proporcionaron a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), que incluían la eventual sustracción de especies de culto", precisa el comunicado.
Además, agregan que el Arzobispado de Santiago informó a la PDI, con fecha 5 de junio de 2015, la residencia del presbítero Rivera Muñoz y "el desarrollo de una investigación canónica".
"A solicitud del Arzobispado de Santiago, la Congregación para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede, el 21 de septiembre de 2016, dio nuevas instrucciones para proseguir la investigación previa y dar inicio a un proceso administrativo penal. El 11 de noviembre de 2016 se cierra la investigación previa y se inicia el proceso administrativo penal, que concluyó con el Decreto Condenatorio con fecha 16 de agosto de 2018", explica.
En tanto, con esa misma fecha, "en presencia del Arzobispo de Santiago, se definió el proceso administrativo penal, determinándose que el presbítero es 'culpable de delitos en contra del Sexto Mandamiento del Decálogo continuados en el tiempo con escándalo, con personas mayores de edad, tal y como lo especifica el canon 1395§1 CIC'".
Las penas a las que fue sometido el sacerdote fueron: "10 años de suspensión del ministerio público, pudiendo celebrar la Eucaristía sólo privadamente y con la compañía de una persona mayor de 50 años"; "Prohibición de reunirse y mantener contacto con jóvenes"; "Se le fijará la residencia de común acuerdo con el Sr. Arzobispo"; "Si el padre Rivera no cumple tales medidas, una vez cumplidos los 10 años, la suspensión podrá ser impuesta por un período mayor".
Por otro lado, se anunció que se iniciará una "revisión exhaustiva para esclarecer todos los antecedentes que han sido conocidos públicamente. Las conclusiones de dicha revisión se comunicarán oportunamente a la ciudadanía".
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