Caso Iglesia: Corte de Apelaciones de Temuco confirmó condena contra hermanos Trangol

Caso Iglesias
Una audiencia del caso Iglesias/ Referencial. Foto: AgenciaUno

De esta forma se ratificó la pena de 10 años y 1 día que ambos deben cumplir por la quema de un templo religioso en Padre Las Casas ocurrido el 2016.


La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó las condenas de 10 años y 1 día contra los hermanos Pablo y benito Trangol Galindo, como autores del delito de incendio contra un templo evangélico de Padre Las Casas en 2016, en la Región de La Araucanía.

El fiscal regional, Cristian Paredes, se mostró conforme con lo dictaminado por el tribunal de alzada, indicando que "asumimos con tranquilidad este veredicto".

"Recordemos estos hechos, se trata de una situación gravísima que puso en riesgo, no solo la integridad y la vida de las personas, sino que además atentó contra la profesión de un credo religioso en un territorio del país", agregó.

Su par, el persecutor de alta complejidad, Luis Torres, complementó con que "no se acogieron los recursos de nulidad presentado por dos defensas, esto es que queda firme lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, en el sentido que se estableció que estas dos personas ingresaron a la iglesia, la atacaron mientras se encontraban adultos y menores de edad en su interior, prendieron fuego mientras ellos estaban en su interior y en consecuencia se dictó una sentencia condenatoria".

Cabe recordar que cuando se realizó el juicio, el tribunal decidió absolver a Alfredo Tralcal Coche y a Ariel Trangol Galindo, desacreditándose, además, el carácter terrorista de la imputación realizada contra estos sujetos.

Al respecto, y consultado sobre la razón para no apelar respecto al carácter del ilícito, Paredes indicó que "en un momento, si bien entendimos que se trataba de un delito terrorista, el tribunal que dictó sentencia estimó lo contrario. Pero definimos no recurrir porque entendíamos y comprendemos las dificultades que importan llevar a juicio una situación como esta. Y poner en riesgo a las víctimas una vez más de enfrentar un nuevo proceso, de revivir esta situación, contribuye a la revictimización. por eso estimamos que lo prudente era defender el fallo".

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