Contraloría autoriza venta y delivery de fármacos por internet
Medida busca evitar que personas deban desplazarse a los recintos. Solo se excluyen los estupefacientes.
En medio de la ampliación de las cuarentenas en el país, Contraloría dio visto bueno ayer a una nueva normativa que permite la venta de medicamentos a través de internet y regula su despacho. Esto, para evitar que las personas deban desplazarse a las farmacias, en pleno aumento de los contagios de coronavirus.
Desde el Ministerio de Salud detallan que si bien la venta electrónica ya ocurre para algunos fármacos de venta directa -como paracetamol o ibuprofeno-, el reglamento amplía la autorización a medicamentos con receta simple y retenida. Así, en definitiva, solo quedarán excluidos los estupefacientes.
Para realizar la compra se requerirá una receta electrónica o, si fue emitida en papel, una copia digitalizada del documento. En el caso de los fármacos con receta retenida, en tanto, la receta física o impresa deberá ser entregada al momento de la recepción del medicamento.
Jorge Hubner, jefe de la división jurídica del Minsal señala que “como ocurre muchas veces, la tecnología va más adelantada que la regulación. Teníamos una actividad, que es el expendio electrónico de medicamentos, que hasta hoy no estaba prohibida, pero tampoco regulada”.
La nueva regulación es una de las modificaciones incluidas en la Ley de Fármacos II, que aún se encuentra en discusión en el Congreso. Sin embargo, frente a las exigencias que supone la pandemia -en términos de evitar que las personas salgan de sus casas y cumplan correctamente las cuarentenas-, la autoridad sanitaria decidió adelantarla y normar esta actividad, a través del decreto que se publica hoy en el Diario Oficial.
Delivery por terceros
Entre sus disposiciones, la nueva regulación dispone que, con respecto al despacho de los fármacos, este podrá realizarse por la misma farmacia o por terceros. Es decir, motoboys, plataformas y aplicaciones que hoy se dedican a realizar compras por encargos.
Con todo, el reglamento señala que “sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad sanitaria por los productos despachados será siempre del establecimiento autorizado para el expendio de medicamentos”.
En tanto, y en la línea con la regulación que se discute en el Parlamento, el decreto les exigirá a las plataformas web de cada farmacia que, en caso de estar vendiendo un medicamento que tenga una opción bioequivalente, el proveedor deberá mostrar en la página web esta categoría como alternativa de compra.
Hacia el final, se hace hincapié en que la publicación de precios debe exponerse “de forma clara, oportuna, transparente y veraz”, prohibiéndose cualquier expresión que induzca a error del comprador. Esto, con el objetivo de facilitar la información de los precios y permitirle comparar, fácilmente, el valor más conveniente para su bolsillo.
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