Contraloría no inicia procedimiento sancionatorio contra Crispi y hace guiño a interpretación de Cordero

El contralor Jorge Bermúdez,  en sesión de la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados.
El contralor Jorge Bermúdez, en sesión de la comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados

El contralor Jorge Bermúdez, finalmente, firmó el dictamen con el que se buscaba zanjar si el jefe de asesores del Segundo Piso de La Moneda debía o no concurrir a la comisión investigadora de los líos de platas de la Cámara. Sin embargo, como el militante RD asistió a la instancia se dio por superada la pugna.


“Nosotros lo que tenemos que hacer ahora es darle traslado a esa persona para que nos diga por qué razón estaría exceptuado de este control, por qué razón esta persona no tendría que comparecer a esta comisión y por qué no estaría sometido a este control propio de un Estado democrático”.

De esta manera, la jornada del lunes 16 de octubre, el contralor, Jorge Bermúdez, expuso ante la comisión investigadora de la Cámara que revisa los millonarios traspasos de fondos desde la Seremi de Vivienda de Antofagasta a organismos sin fines de lucro, la sorpresa que generó en Contraloría el hecho de que el jefe de asesores de La Moneda, Miguel Crispi (RD), se ausentara reiteradamente de la instancia fiscalizadora.

El gobierno, entonces, apelaba a que debido a su cargo no le correspondía presentarse, iniciándose así una discusión jurídica y política que complicó a La Moneda. Contraloría pidió a Presidencia informar el por qué de la inasistencia, dado que a su interpretación todo funcionario público tenía esa obligación, pero de todas maneras solicitó la opinión jurídica de La Moneda.

En el gobierno quien asumió la vocería de esta pugna fue el ministro de Justicia, Luis Cordero, quien señaló que “nosotros creemos que tenemos que distinguir si hay obligación de comparecencia o no, y si hay obligación de comparecencia, respecto de qué asuntos en el caso de asesor de una Presidencia está obligado por ley a prestar testimonios, y en qué casos por razones de lo que se discute en la Presidencia no está obligado a prestar declaraciones”.

A más de un mes de iniciando este debate jurídico, la Contraloría -y cuando Bermúdez ya se va del organismo- evacuó el dictamen que resuelve el conflicto, aunque dio por superado toda interpretación, dado que Crispi sí terminó asistiendo a la comisión.

En el documento, se detalla que “considerando, por una parte, que la Comisión cursó para el día 6 de noviembre de este año una nueva citación al señor Crispi Serrano, a la cual este compareció y, por otra, que la potestad de esta Entidad de Control contemplada en el artículo 10 de la ley N° 18.918 es meramente instrumental, se entiende que la circunstancia en virtud de la cual se requirió la intervención de este Organismo Fiscalizador se encuentra superada, por lo que no resulta procedente dar inicio al procedimiento administrativo establecido en dicha preceptiva”.

Pero, también hubo un guiño a la interpretación de Cordero. “Lo anterior es sin perjuicio del razonable debate sobre el estatuto jurídico que rige a las funciones de jefe de asesores del gabinete del Presidente de la República, y acerca de si este servidor se encuentra o no obligado a comparecer a esa instancia parlamentaria en la anotada condición, especialmente considerando que el ordenamiento margina al Jefe de Estado de dicha comparecencia”, escribió Bermúdez en el dictamen.

De esta manera, el capítulo Crispi, Contraloría y el Congreso, se dio por superado. Por ahora.

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