Corte de Apelaciones ordena a diputado Kaiser bajar videos de su canal de Youtube por contenido ofensivo en contra de víctimas de la dictadura
El tribunal de alzada de Santiago falló un recurso de protección interpuesto en contra del parlamentario por considerar que sus dichos afectan "la honra de quien es calificado peyorativamente".
La Corte de Apelaciones de Santiago falló hoy en contra del diputado Johannes Kaiser un recurso de protección interpuesto por Leila Nash -hermana del detenido desaparecido Michael Nash-, y le ordenó bajar de su canal de Youtube aquellos videos que contengan alusiones ofensivas a víctimas de la dictadura militar.
De esta forma, el tribunal de alzada capitalino acogió el recurso de protección presentado por la familia de Nash en razón de que -según se lee en el fallo- “las expresiones vertidas por el recurrido, por medio de una red social, sin otorgar una posibilidad de respuesta o contra argumentación de la contraria, no pueden tener por objeto sino afectar la honra de quien es calificado peyorativamente, cuestión que en el caso concreto se verifica, toda vez que las expresiones vertidas importan un menoscabo a la persona de la actora, en representación de su hermano”.
La acción judicial había sido presentada por Leila Nash el 22 de diciembre de 2021, cuando se percató de la existencia de un video en el canal de Youtube del diputado independiente cercano al Partido Republicano donde manifestaba la siguiente expresión:
“Que lo escuchen bien en la Suprema, estaban bien fusilados la gente en Pisagua, bien fusilados. Esto no es cualquier cosa, porque les voy a decir una cosa, de toda esa gente que fue fusilada, que la mandó a fusilar entonces el Consejo de Guerra el General Forestier, (...) la inmensa mayoría estaba metido o en grupo opositores subversivos o era parte de carteles de drogas”, se le escuchó decir al congresista.
Ante esto, la Corte de Apelaciones resolvió que las expresiones vertidas por el parlamentario no constituyen un ejercicio enmarcado en su libertad de expresión. “Las circunstancias antes descritas no dicen relación alguna -como lo sostuvo el abogado del recurrido en estrado- con el derecho a la libertad de expresión, en cuanto la referida libertad de expresión debe ser considerada de manera armónica con el derecho fundamental antes señalado y que se consagra en el referido artículo 19 N°4 de nuestra Carta Fundamental, el cual por vía de amenaza está siendo afectado”, se lee en fallo con fecha 23 de septiembre de este año.
Es por todas estas razones que la séptima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago -integrada por los ministros Jorge Zepeda, Alejandro Aguilar y el abogado integrante Rodrigo Montt- dictó acoger favorablemente el recurso presentado por Nash.
“En virtud de estas razones, se procederá a acoger la presente acción cautelar de solicitar tanto al recurrido como a la empresa denominada YouTube el retiro de toda expresión que de esta naturaleza se haya hecho por el citado recurrido. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y (...), se acoge, con costas, el arbitrio deducido por doña Leila Irina Nash Sáez; en memoria y en su calidad de hermana de don Michel Nash Sáez; disponiéndose que el recurrido señor Johannes Kaiser Barents von Hohenhagen debe eliminar las publicaciones, que alude la actora en los términos reprochados en la presente sentencia”, dictaminaron los magistrados.
Por el crimen Michel Nash Sáez existen hasta la fecha siete personas condenadas, en un proceso judicial donde se acreditó que fue ejecutado y posteriormente lanzado a una fosa común. “Dichos hechos fueron calificados por el Tribunal como homicidio calificado y secuestro calificado, los cuales constituyen crímenes de lesa humanidad”, señaló el fallo.
A través de sus redes sociales, el diputado por el distrito 10 Johannes Kaiser adelantó que apelará “sin mayor esperanza” a la Corte Suprema para revertir la decisión de los magistrados que componen la séptima sala del tribunal de alzada capitalino.
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