Corte ratifica pena de siete años de cárcel para el oncólogo Manuel Álvarez por abuso sexual reiterado de pacientes
"Todos los subterfugios de la defensa no pudieron derribar el pilar de la justicia. Nuestras instituciones funcionan, sin distinción”, destacó la abogada querellante Susana Bortzutzky.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad que presentó la defensa y ratificó la sentencia del 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago que fijó una pena de siete años de cárcel para el exoncólogo de la Clínica Las Condes Manuel Álvarez, condenado como autor de dos delitos de abuso sexual de carácter reiterado en contra de mujeres que eran sus pacientes.
“Hoy es un día que se hace historia, para las mujeres en este país. La corte confirmó la sentencia del Tribunal Oral, condenado al doctor Álvarez como autor de delitos de abusos sexuales contra de sus pacientes víctimas de cáncer. Así todos los subterfugios de la defensa no pudieron derribar el pilar de la justicia. Nuestras instituciones funcionan, sin distinción”, destacó la abogada querellante Susana Bortzutzky.
El veredicto condenatorio del tribunal de primera instancia fue dado a conocer el 23 de abril y la audiencia de comunicación de sentencia se desarrolló el 10 de mayo. Cuando fue condenado, se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva en contra del facultativo, sin embargo, su defensa -encabezada por César Ramos- presentó un recurso de amparo para que se revirtiera, además de un recurso de nulidad del juicio.
Manuel Álvarez estaba libre
A fines de junio, la Corte Suprema había acogido el recurso de amparo, revirtiendo la medida cautelar del médico que permanecía recluido en la cárcel de Casablanca, en la Región de Valparaíso.
Por la decisión del máximo tribunal, el oncólogo se mantenía con arraigo nacional mientras se resolvía el recurso de nulidad.
Ahora, en un fallo de 40 páginas, la Corte de Apelaciones rechazó las cuatro causales de nulidad planteadas por la defensa de Álvarez, por lo que deberá cumplir con la pena impuesta, sin posibilidad de otras acciones.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Dobra Lusic, Lilian Leyton y la abogada (i) Magaly Correa– descartó, con costas, infracción en la tipificación penal que condenó al reputado profesional, que se aprovechó del estado de vulnerabilidad de las víctimas, pacientes oncológicas que atendía.
“Esta vulnerabilidad que el estado de salud provocó en ambas pacientes no puede separarse de la circunstancia particular, compartida por las dos, relativa a que ninguna contaba con una red de apoyo. Luego, en este marco no podía exigirse de ellas la oposición propia de la ‘víctima ideal’, cuando se depende de otro para sobrevivir; menos si los tratamientos médicos implementados por el encausado eran fructíferos: ellas mejoraban, respondían a la terapia, lo que permitió que su médico tratante adquiriera una significación de tal magnitud en sus vidas, que pasaron a depender de él, en términos que le consultaban sobre cualquier asunto de índole médica que las pudiera afectar y, por cierto, su dependencia también se extendía a que ninguna circunstancia arriesgara la continuidad de sus terapias. Se insiste, en el contexto que entrega el fallo, y que da cuenta de la relación de extrema confianza y asimetría entre el médico y las pacientes, respecto de una enfermedad con una alta tasa de mortalidad. Por ello, el prestigio y la seguridad que entregaba Álvarez era la base para resguardar el bien más esencial de toda persona”, sostiene el fallo.
Pamela Valdés vocera y jefa de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Oriente valoró la resolución.
“La Corte de Apelaciones de Santiago rechaza el recurso de nulidad de la defensa y además los condena en costas. Como Ministerio Público nos sentimos muy satisfechos. Toda vez que esto significa que el acusado y condenado Manuel Álvarez deberá entrar a cumplir una pena efectiva de siete años y con ello poder dar algún tipo de reparación a nuestras víctimas”, expuso.
La indagatoria partió por la denuncia de una paciente del oncólogo que murió en septiembre de 2023.
El año pasado, en tanto, Álvarez fue condenado a a 818 días de presidio por abusar sexualmente de una paciente con cáncer terminal en Punta Arenas.
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