Corte de Santiago confirma sobreseimiento definitivo de Patricio Hales
En un fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino confirmó la sentencia de primera instancia. Esta vez desestimó la prescripción de los supuestos delitos y estableció que quedó "claramente establecida la inocencia del imputado".
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en un fallo unánime, confirmó la sentencia de primera instancia y decretó el sobreseimiento definitivo del exdiputado Patricio Hales Dib.
Hales había sido denunciado por presunto abuso sexual en una investigación que fue abierta por la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente en enero de 2017.
El exparlamentario ya había sido sobreseído en abril por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. En esa instancia, el tribunal determinó que los supuestos delitos denunciados estaban prescritos.
La causa llegó hasta el tribunal de alzada de Santiago, el cual desestimó la hipótesis de la prescripción ya que a juicio de los ministros, "no resultan aplicables en razón de lo antes dicho, pues ambas tienen como supuesto esencial la ocurrencia de un hecho, en el segundo caso constitutivo de delito, lo que no pudo acreditarse".
De esta manera los ministros Carlos Gajardo, Alejandro Madrid y el abogado integrante José Luis López confirmaron el sobreseimiento, pero esta vez lo hicieron con la aclaración de que lo resuelto solo responde a "la circunstancia prevista en el literal b) del artículo 250 del Código Procesal Penal", es decir, cuando aparece claramente establecida la inocencia del imputado. "Existiendo unanimidad en los intervinientes que la causa ha de ser sobreseída, solo resta señalar que la presunción de inocencia no logró de manera alguna ser quebrada", dice la sentencia.
Al respecto, el abogado defensor de Hales, Hugo Rivera, valoró que la corte recogiera sus argumentos y estableciera la inocencia de su representado. "El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó lo que esta defensa ha sostenido desde el inicio de la investigación, en orden a que los hechos imputados son inexistentes, respondiendo a una operación destinada a enlodar la honra de mi representado. Debido a ello es que la corte acogió la causal de sobreseimiento definitivo prevista en el artículo 250 letra b que señala 'cuando apareciere claramente establecida la inocencia del imputado', restableciéndose de esta manera la dignidad y el honor de don Patricio Hales Dib", afirmó Rivera.
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