De 20 a 15 años: rebajan condena para ocho comuneros sentenciados por el homicidio de Eleodoro Raiman en Contulmo

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Palacio de los Tribunales de Justicia en Santiago, sede de la Corte Suprema. Foto: Sebastián Beltrán Gaete / Agencia Uno.

La Corte Suprema, a pesar de no acoger el recurso de nulidad presentado por la defensa de los sujetos, sí revisó las condenas rebajándolas en cinco años tras desestimar una agravante y unificar las condenas. Los hechos produjeron en diciembre de 2019, cuando los imputados, junto a otros sujetos, atacaron a la familia Raiman, de ascendencia mapuche, con el fin de tomarse su terreno frente al lago Lanalhue, en la comuna de Contulmo.


En diciembre pasado, el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete, sentenció a 20 años de cárcel a ocho comuneros mapuche imputados por el homicidio de Eleodoro Raiman (69), así como por el homicidio frustrado uno de sus nietos y otros delitos. Sin embargo, durante la jornada de este viernes, se conoció la rebaja de la sentencia, tras una resolución de la Corte Suprema.

A pesar de rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los ocho implicados, el máximo tribunal dictó una nueva sentencia para el grupo de involucrados, desestimando la primera condena y estableciendo 15 años de presidio para Esteban Enrique Huichacura Leviqueo, Francisco Alejandro Medina Huichacura, Manuel Jesús Huichacura Leviqueo, Carlos Mauricio Huichacura Leviqueo, Matías Felipe Leviqueo Concha, Eliseo Antonio Raiman Coliman, Guillermo Alejandro Camus Jara y Bernardo Antonio Camus Parra.

El nuevo fallo de la Segunda Sala del máximo tribunal unificó las condenas y aplicó la atenuante de irreprochable conducta anterior, además de eliminar una agravante y establecer que se trató de un homicidio en medio de una riña.

En el texto se señala que “en base a lo razonado en las motivaciones primera y segunda, tendrían los acusados que ser sancionados con una pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, y accesorias legales en el primer caso; y, de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales, para el segundo (...) Se tendría que aplicar una sanción única de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, lo cual resulta más beneficioso para los acusados y que, en definitiva será como esta Corte procederá, manteniéndose el resto de decisiones impuestas en el fallo invalidado respecto del delito de lesiones menos graves consumadas en contra de don Camilo Raiman Leviqueo y del delito de tenencia ilegal de arma de fuego y receptación”.

Los hechos en los que perdió la vida Eleodoro Raiman y resultaron lesionados sus niestos Juan Manuel y Camilo Raiman Leviqueo, se produjeron el 28 de diciembre de 2019 cuando la familia Raiman, de ascendencia mapuche, fue amenazada para abandonar su camping frente al lago Lanalhue, en la comuna de Contulmo.

Una treintena de personas de una comunidad mapuche irrumpieron en el lugar armados con escopetas, hachas y chuecas, exigiéndoles que abandonaran el recinto turístico. La familia se negó.

Al día siguiente, el 29 de diciembre, en la tarde llegaron cerca de 50 personas al camping. Estaba yo, mi hermano y mi tata, que tenía 69 años. Ellos se querían tomar el camping, querían destruirlo, quemar la casona. A mi hermano lo llevaron a otro lado y le empezaron a pegar con chuecas, le partieron el cráneo. A mi abuelo, Eleodoro Raiman, que quiso dialogar, le pegaron cuando nos defendió y peleó, pero le pegaron con un machete en la cabeza. Murió al poco rato”, relató en su oportunidad a La Tercera Camilo Raiman, su nieto y dueño del recinto.

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