Fallo inédito: Corte Suprema ordena que mujer embarazada en prisión cumpla condena en su domicilio

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Escalinata en el Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia, en una imagen de archivo. Foto: Patricio Fuentes / La Tercera.

Máximo tribunal acogió un recurso de amparo presentado en julio pasado por la Defensoría Penal Pública. Caso corresponde a una mujer de 17 semanas de embarazo que cumple tres penas privativas de libertad que concluyen el 22 de agosto de 2022.


La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública a favor de J.M.A., una mujer con 17 semanas de embarazo que cumple tres penas privativas de libertad que concluyen el 22 de agosto de 2022, para que la interna cumpla lo que le queda de pena bajo la medida cautelar de arresto domiciliario.

La Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos, y los abogados integrantes Ricardo Abuauad y Pía Verena Tavolari, revocó la sentencia apelada del 22 de julio de 2022 dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que, a su vez, acogió la decisión del Tribunal de Garantía de esa misma ciudad en cuanto a que la mujer siguiera cumpliendo con su pena en un recinto carcelario.

Se trata del primer fallo donde la sala penal de la Corte interrumpe una pena de reclusión efectiva, destacaron desde la DPP. Al tomar su decisión, los ministros tomaron en consideración el tiempo de gestación de la mujer y problemas de salud que ha enfrentado.

“Mantener la ejecución de la condena de la amparada en el interior de un recinto carcelario, pese a que le restan menos de dos semanas para el término de su condena, dados los graves perjuicios que conlleva para el desarrollo y vida futura de su hijo, obliga a esta a Corte a adoptar medidas urgentes con la finalidad de cumplir con las convenciones internacionales a las que el Estado adscribió”, se expone en el fallo.

Así, se decidió acoger el recurso de amparo interpuesto a favor de J.M.A. en contra de la resolución del 30 de junio de 2022, que no dio lugar a la solicitud de su defensa, del Tribunal de Garantía de Puerto Montt, la que “se deja sin efecto y, en su lugar se decreta la suspensión del cumplimiento efectivo del saldo de pena que actualmente cumple la amparada, sustituyendo dicha forma de satisfacción de la sanción, por la reclusión total domiciliaria”.

La jefa (s) de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, Marcela Bustos, quien fue la encargada de alegar el recurso ante la Corte Suprema destacó que la sala penal “decide por mayoría acoger esta acción de amparo de la defensa, en atención a que ella se encuentra embarazada y que Gendarmería no ha dado los cuidados prenatales necesarios, no ha dado atención médica y por las malas condiciones carcelarias en que se encuentra”.

Bustos agregó que “este fallo es inédito ya que es la primera vez que la sala penal interrumpe una pena efectiva de cumplimiento efectivo”.

Asimismo, recordó que las cortes de apelaciones “ya venían ejerciendo cierta jurisprudencia, aplicando la Convención Americana y también la Convención sobre toda forma de discriminación contra las mujeres”.

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