“Genera riesgo para el patrimonio de la comuna”: los argumentos de jueza que dejó a Daniel Jadue en prisión preventiva
El alcalde y el secretario ejecutivo de Achifarp José Matías Muñoz quedaron con la mayor medida cautelar. La magistrada Paulina Moya dijo respecto a ambos que “existe una alta probabilidad que para el caso que ellos sean condenados por los delitos por los cuales fueron formalizados, no puedan acceder a penas sustitutivas y deban cumplir de manera efectiva sus condenas”.
Poco antes de las 10.00 horas, la jueza del 3° Juzgado de Garantía de Santiago, Paulina Moya, dio a conocer al alcalde de Recoleta, Óscar Daniel Jadue Jadue, su decisión de acceder a la solicitud del Ministerio Público y los querellantes de decretar la prisión preventiva del jefe comunal y excarta del Partido Comunista (PC) a La Moneda.
Antes de eso, en su argumentación fue develando lo que comunicaría, desestimando los planteamientos que el abogado Ramón Sepúlveda, defensor del alcalde, realizó en favor de su representado para desacreditar lo expuesto por los fiscales.
En la explanada de acceso al Centro de Justicia, dirigentes del PC manifestaban su férreo apoyo al representante comunal. El alcalde y sus partidarios del sector acusaron “persecución política” e instalaron el término anglo de “lawfare” para referirse al caso.
“Tribunal no toma en cuenta filiaciones ni ideologías”
Este lunes, al iniciar su exposición, la magistrada descartó que su decisión se relacione con la política.
“Esta juez desea advertir expresamente que conforme al principio de imparcialidad que rige la función jurisdiccional, este tribunal no toma en cuenta filiaciones ni ideologías políticas para tomar su decisión. En efecto, nuestra Constitución y nuestro sistema penal establecen como principio básico la igualdad ante la ley, según la cual la ley debe aplicarse de la misma manera a todas las personas independientemente de sus características personales, sociales o sus adscripciones políticas. Esto implica que nadie debe recibir un trato preferencial y que las decisiones judiciales deben basarse únicamente en los hechos del caso, en los antecedentes aportados y en las leyes aplicables, sin considerar factores extralegales”, enfatizó.
La Fiscalía Metropolitana Centro Norte formalizó a Jadue por delitos reiterados de fraude al fisco, además de un delito concursal, cohecho, estafa y administración desleal, en el marco de una investigación por las operaciones de la la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp).
El fiscal regional, Xavier Armendáriz, y la fiscal Giovanna Herrera, especializada en delitos económicos, apuntaron a la falta de control y fiscalización de esas operaciones, la validación de las mismas y la ausencia de acciones correctivas, lo que significó un perjuicio económico a la asociación y a la Municipalidad de Recoleta.
Paulina Moya fue detallando cada una de las acusaciones y señalando que en la formalización que se inició el miércoles 29 de mayo, el Ministerio Público entregó antecedentes para estimar que existen “presunciones fundadas de participación” de los imputados en los delitos.
En la causa, el Ministerio Público acusa también a María Eugenia Chadwick, directora del Departamento de Salud de la Municipalidad de Recoleta; Eduardo Carmelo Sendra Arratia; director del Centro de Salud de Alta Resolutividad de Recoleta; Raúl Daniel Moraga, exsecretario ejecutivo de Achifarp; José Matías Muñoz Becerra, secretario ejecutivo Achifarp; Álvaro Javier Castro Robles, representante legal de Best Quality SpA, Patricio Esteban Zavala Espinoza y María Constanza Matus Pérez.
En las jornadas previas el tribunal había dispuesto arraigo y firma mensual para Raúl Moraga; firma quincenal, arraigo, prohibición de acercamiento a la municipalidad y a los coimputados, para María Eugenia Chadwick, arraigo nacional para Álvaro Castro, firma mensual y arraigo nacional para María Constanza Matus. En el caso de Patricio Zavala, aún no ha sido formalizado.
Quedaba pendiente la decisión respecto a Jadue y Muñoz.
La jueza dijo respecto a ambos que “existe una alta probabilidad que para el caso que ellos sean condenados por los delitos por los cuales fueron formalizados, no puedan acceder a penas sustitutivas y deban cumplir de manera efectiva sus condenas”.
Jadue arriesga una pena de 15 años de cárcel.
“Este tribunal estima que las medidas cautelares de menor intensidad establecidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal son insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad de la sociedad y de la víctima municipalidad de Recoleta. Especialmente en relación a este punto, el tribunal no puede dejar de advertir que el imputado no puede ser un delito de la ley. El imputado Jadue se encuentra en funciones en su cargo de alcalde de la comuna de Recoleta, y esta posición implica una relación directa y esencial precisamente con la administración de recursos. Desempeña un rol crucial en la gestión financiera, en la planificación y en la transparencia de las operaciones municipales”, recalcó Moya.
“No se puede pasar por alto el riesgo que genera su permanencia en el cargo para el patrimonio de la comuna, entendiendo que esto podría incluso configurar un peligro de reiteración”, afirmó la jueza.
También abordó el cuestionado contrato de Achifarp con Best Quality por más de $1.300 millones, que la asociación solo pagó en parte.
“Este tribunal se pregunta si este contrato con Best Quality era tan desventajoso y supuestamente su presidente y el directorio no lo aprobaron ¿Por qué no se ejercieron acciones legales para rescindir el contrato, en lugar de intentar llegar a acuerdos para pagarlo? Y esto resulta llamativo ya que se mencionó en la audiencia que incluso las mercancías propias de este contrato estuvieron mucho tiempo en bodegas y estuvieron inutilizadas”, comentó Moya.
Así, el tribunal consideró que la libertad de Jadue y el exsecretario ejecutivo de Achifarp José Matías Muñoz Becerra “resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad”, decretando su prisión preventiva.
Jadue salió esposado y escoltado por Gendarmería del tribunal. Cumplirá con la medida en el Anexo Cárcel Capitán Yáber por los 120 días fijados como plazo de la investigación.
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