Juicio por el homicidio del carabinero Eugenio Nain en su etapa final: Luis Tranamil arriesga presidio perpetuo

Eugenio Nain

La defensa del comunero acusa sesgo en la investigación. Este viernes se desarrollaron alegatos de clausura. Para el lunes 4 de noviembre se programó continuar con las réplicas de los intervinientes, para posteriormente fijar fecha de lectura de sentencia.


El 17 de octubre partió el juicio oral en contra de Luis Kallfulikan Tranamil Nahuel por su presunta responsabilidad en la muerte del carabinero Eugenio Nain.

El comunero mapuche fue imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos de homicidio consumado de carabinero en servicio, homicidio frustrado de carabinero, homicidio frustrado y porte ilegal de arma de fuego. Arriesga el cumplimiento de una pena de presidio perpetuo calificado.

Se trata de ilícitos que habría perpetrado en un ataque armado que tuvo lugar el 30 de octubre de 2020, en plena pandemia del Covid-19, en la Ruta 5 Sur, a la altura del kilómetro 681 de la comuna de Padre Las Casas, Región de La Araucanía. Las otras víctimas, sobrevivientes de la balacera, son el teniente coronel de la 2ª Comisaría de Carabineros de Temuco Cristian Fernández y el transportista José Castro.

El ataque se produjo en el marco de la instalación de barricadas con neumáticos encendidos, luego de un allanamiento que había realizado personal policial en las inmediaciones. Un grupo de desconocidos de sujetos, entre los que habría estado Luis Tranamil, dispararon con escopetas, armas de guerra y de caza mayor, parapetados desde un punto estratégico en altura y pendiente, que permitía ejecutar tiros seguros hacia la carretera en sentido sur.

En ese contexto llega la patrulla policial conducida por Eugenio Nain, que concurrió junto al oficial al mando para actuar frente a los incidentes que se estaban produciendo en la zona y que afectaban a conductores que circulaban por la carretera. Los uniformados fueron recibidos a balazos. Los funcionarios policiales repelieron los disparos con sus armas de servicio de puño, pero uno de los proyectiles calibre 5.56 del tipo militar, disparado por los atacantes con un fusil, hirió mortalmente al conductor de la patrulla. Nain fue traslado hasta el Hospital Regional de Temuco, recinto médico en el que se constató su muerte pese a los esfuerzos por reanimarlo.

Pruebas y alegatos

Este viernes partieron los alegatos de clausura. En las jornadas de audiencia en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, el fiscal Héctor Leiva aportó pruebas testimoniales de las víctimas, las pericias balísticas de la veintena de casquillos recogidos en el sitio del suceso, el certificado de autopsia del funcionario mártir de la institución policial, mensajes, audios y fotografías contenidos en el teléfono móvil del imputado y videos de cámaras de seguridad que captaron al vehículo en que se desplazaba Tranamil con otros dos sujetos por el peaje de Quepe el día del homicidio. El grupo pasó por ese punto tras recibir un mensaje sobre la intervención de Carabineros en la comunidad y ser alertados de la detención del hermano del imputado, el machi Fidel Tranamil.

El Ministerio Público también presentó una georreferenciación del teléfono incautado a Tranamil y el salvoconducto para trabajadores por motivo de la pandemia que solicitó para desplazarse hacia Villarrica, comuna en que desempeñaba su trabajo. Desde allí se habría devuelto, pasando a una estación de servicio para comprar bencina en bidones y participar del corte de ruta.

Además se dio cuenta de una interceptación telefónica en la que sindican a Carlos Cancino el “Rana” (prófugo) como la persona que disparó a Eugenio Nain.

La defensa del comunero, asumida por la abogada Karina Ortega, en sus argumentos de cierre sostuvo que la indagatoria y el procedimiento policial desarrollado desde el día de los hechos tienen un sesgo en contra de la familia Tranamil, blanco investigativo a partir de la “Operación Huracán”, un caso en el que se culpó a comuneros de diversos delitos manipulando y falseando pruebas.

Poniendo en duda la información sobre tráfico de mensajería y llamadas que hizo la Fiscalía de La Araucanía, la abogada afirmó que su representado de acuerdo a las antenas de celular, se encontraba en Ropocura al momento del ataque armado a los carabineros.

Ortega manifestó que debido al “sesgo” que habría en policías y el órgano persecutor “esa investigación no fue objetiva, genera una investigación que desde el minuto uno se dirigió en contra de las personas del lof y eso hace entonces que se afecte el principio de inocencia directamente”.

“No concuerdan los mensajes, las cosas que conversó y que pudimos escuchar y hasta incluso el posicionamiento que el Ministerio Público obtiene, no concuerda ni siquiera con el área donde se cometía el delito”, sostuvo la abogada Riquelme.

“Cenco dice claramente entre las 8.56 y 8.67 se pide ayuda Fernández. A mi representado lo ubican en su domicilio a las 9:43 en el sitio del suceso. No concuerda ni siquiera la prueba que ofreció el Ministerio Publico de cómo acontecieron los hechos ¿Y porque no concuerdan? Porque no sucedieron así. Porque desgraciadamente esta investigación debió ser llevada por otros funcionarios policiales que no tuvieran esa carga emocional. Este sesgo, evidentemente vulnera derechos, la utilización de testigos protegidos evidentemente vulnera los derechos, nunca conocimos quién fue esa persona”, cerró la abogada, pidiendo la absolución para Luis Tranamil Nahuel.

Para el lunes 4 de noviembre se programó continuar con las réplicas de los intervinientes, para posteriormente fijar fecha de lectura de sentencia.

Tranamil fue detenido el 10 de marzo de 2021. En tanto, en calidad de prófugos, se mantienen Francisco Javier Painevilo Maldonado y Carlos Esteban Cancino Tapia.

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