La sala cuna universal en 10 preguntas

sala cuna
Foto: Archivo/Agenciauno

¿Quién lo financiará? y ¿qué pasa si matriculo a mi hijo en un recinto más caro? Esas son algunas de las dudas que surgen tras la presentación del emblemático proyecto enmarcado en la Agenda Mujer.


¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Podrá optar al financiamiento toda mujer trabajadora que tenga hijos menores de dos años. En el caso de los padres, estos podrán acceder cuando tengan la tuición del niño o si la madre trabajadora lo ha autorizado. El beneficio también aplicará para otros familiares que tengan la tuición de un niño y sean trabajadores.

¿A Cuántas mujeres más se extendería esta medida?

Actualmente, hay 68.481 mujeres con hijos menores de dos años en empresas con más de 20 mujeres contratadas y otras 23.782 que se desempeñan en lugares con una cifra menor. Con ellas, más las trabajadoras independientes y asesoras del hogar, el gobierno espera favorecer a un total de 250.000 mujeres.

¿A qué monto asciende el financiamiento?

Se otorgará un máximo de $ 245.000 por niño para matrícula y mensualidad. El dinero será sacado de un Fondo Solidario Universal que será financiado con un cargo al empleador del 0,1% del sueldo de todos los trabajadores. Hoy no existe un monto único para este fin, por lo que formaba parte de la negociación al interior de cada empresa.

¿Qué pasa si elijo un recinto más caro o más barato?

Si la sala cuna escogida tiene un valor mensual menor a $ 245.000, el adulto a cargo no se quedará con el excedente, ya que el dinero será entregado directamente por la entidad administradora del fondo al establecimiento. Si el recinto tiene un costo mayor, el adulto deberá financiar la diferencia.

¿Cómo se activa el beneficio?

A diferencia de hoy, que el beneficio se activa a través del empleador, la nueva ley establece que la solicitud se hará ante la entidad administradora y en ella se debe demostrar la condición de madre, padre o adulto a cargo de un menor de la edad estipulada y que tiene un trabajo a contrata o independiente, con al menos seis cotizaciones.

¿A qué salas cuna se puede acceder?

Pueden ser recintos públicos o privados que estén reconocidos por el Ministerio de Educación. Cada beneficiado podrá elegir de acuerdo a sus preferencias. Actualmente, el financiamiento entregado para estos fines contempla solo salas autorizadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

¿Qué sucede con los trabajadores del sistema público?

La nueva ley no aplicaría para los funcionarios públicos, pues estos ya tienen garantizado el acceso a sala cuna para sus hijos, tal como establece el artículo 194 del Código del Trabajo.

¿Los extranjeros pueden optar al beneficio?

Sí. Cualquier trabajador extranjero, dependiente o independiente, podrá optar al beneficio acreditando los requisitos mencionados anteriormente. Tener nacionalidad chilena no forma parte de los requisitos.

¿Qué pasa si trabajo feriados o fines de semana?

De acuerdo a los cálculos realizados previos a la presentación del proyecto, se estima que el monto otorgado es suficiente para pagar una sala cuna de jornada completa, es decir, de 7.30 a 19.30. Cualquier costo adicional -por fines de semana o feriados- deberá ser cancelado por el adulto a cargo.

¿Por qué se fijó un monto de $ 245 mil mensual?

Dicho monto fue establecido porque aseguraría que el recinto cumple con los estándares mínimos de calidad, según el Ministerio de Educación y la Dirección de Presupuestos. Cada dos años se revisará si la cotización del 0,1% del sueldo de los trabajadores es suficiente o debe ser aumentada, con un tope del 0,4%.

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