Corte Suprema acoge recurso y Francisco Frei cumplirá bajo libertad vigilada condena por estafa
La medida se conoce luego de que Segunda Sala del máximo tribunal acogiera un recurso de queja en contra de la Corte de Apelaciones de Santiago.
La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió este jueves un recurso de queja en contra de la Corte de Apelaciones de Santiago y estableció que Francisco Frei Ruiz-Tagle cumpla en libertad, vigilaba e intensiva, su condena por el delito de estafa.
El hermano del expresidente de la República Eduardo Frei Ruiz-Tagle cumplía su condena en la Unidad Penitenciaria Capitán Yáber, donde generalmente se encuentran personas privadas de libertad por delitos económicos y tributarios.
El recurso que permitió el cambio en la situación del imputado indica que “lo resuelto da cuenta de las faltas o abusos graves cometidos en dos órdenes de cosas: el primero, al vulnerar la garantía constitucional de igualdad ante la ley, por infringir no sólo dispuesto en el Estatuto de las Personas Mayores que consagra el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sino que también, los fines de la Ley N° 18.216, así como el mérito del proceso y la realidad del sistema procesal penal chileno, todos los que obligan a tener en especial consideración las características particulares de los adultos mayores”.
Condena inicial
A Frei Ruiz-Tagle se le formalizó por los delitos de estafa, apropiación indebida, administración desleal, giro doloso, uso malicioso de instrumento público y privado mercantil falso y delito de la Ley de almacenes generales de depósito. Por esto, fue condenado en primera instancia a cinco años de libertad vigilada y el pago de una multa de 100 UTM.
No obstante, tras dos meses, el 27 de mayo, la magistrada Carla Capello decretó que Frei cumpliera su pena en el recinto Capitán Yáber. Luego, su defensa recurrió a la Suprema acusando abusos graves de jueces de la corte que lo mandaron a la cárcel. A juicio de la defensa del hermano del expresidente Eduardo Frei, los jueces que revocaron su libertad vigilada contravinieron “la Constitución, los tratados internacionales sobre derechos humanos y la ley” y en su minuto explicaron que no se había respetado el principio de igualdad ante la ley, al ignorar que se trataba de una persona adulta mayor de 73 años que requiere atención diferenciada.
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