Ministerio del Trabajo anuncia subsidio de emergencia laboral y otras medidas para los trabajadores afectados por el incendio de Viña del Mar

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La titular de la cartera, Jeannette Jara, indicó que las medidas “buscan proteger las fuentes de empleo y los derechos de las y los trabajadores ante la emergencia". En relación al subsidio de emergencia laboral, este consiste en la bonificación mensual para la empresa de 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, plazo que podrá ser extendido por otros tres meses con una bonificación del 60% del IMM.


A raíz del incendio forestal que afectó a Viña del Mar, y que según el último balance de las autoridades ha dejado alrededor de 300 viviendas destruidas, el ministerio del Trabajo y Previsión Social anunció un subsidio para proteger el empleo de los trabajadores y trabajadoras afectados por el siniestro, además de una serie de medidas en conjunto con sus servicios dependientes para proteger los derechos laborales de los afectados.

La titular de la cartera de Trabajo, Jeannette Jara, indicó que “conforme a la lamentable situación que enfrentan las vecinas y vecinos de Viña del Mar, creemos que es muy oportuno que se den a conocer estas medidas por parte del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sus organismos dependientes, que buscan proteger las fuentes de empleo y los derechos de las y los trabajadores ante la emergencia”.

Las medidas de apoyo para los trabajadores de la Ciudad Jardín son las siguientes:

Subsidio de emergencia laboral

Se estableció un subsidio de emergencia laboral para garantizar el puesto de trabajo de quienes trabajan en establecimientos que hayan sido afectados por los incendios en Viña del Mar. Este consiste en la bonificación mensual para la empresa de 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, plazo que podrá ser extendido por otros tres meses con una bonificación del 60% del IMM.

Asimismo, se confirmó que la bonificación se entregará a las empresas por todos los trabajadores del establecimiento siniestrado sin distinción de renta.

Una de las condiciones principales para la recepción del beneficio será la existencia de una relación laboral al momento del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) a través de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por el trabajador individualizado.

El subsidio beneficiara a un máximo de 1.500 trabajadores cuyas rentas serán subsidiadas a las empresas. Estos trabajadores deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores.

Por otro lado, la postulación será con entrega de documentación online en la plataforma que el Sence dispondrá para tal efecto través de la dirección www.subsidioalempleo.cl, a partir del miércoles 28 de diciembre.

Los documentos que deberán registrarse en el sitio web son los siguientes:

• Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada, en el cual la Empresa declarará la situación de riesgo de desvinculación por discontinuidad operacional a propósito de la catástrofe o emergencia.

• Formulario on-line con listado de trabajadores que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro.

• Contratos de trabajo de las personas individualizadas en declaración jurada y que debe contener el establecimiento especifico en el cual se desempeñan.

• Cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.

• Patente comercial de la Empresa relativa al establecimiento siniestrado.

La concesión del beneficio se realizará contra la verificación de:

• Los antecedentes entregados electrónicamente a SENCE.

• Contra la revisión de multas o deudas laborales y previsionales (cuya existencia será incompatible con el beneficio).

• Informe inspectivo de carácter presencial.

Programa de empleo de emergencia (PEE)

Considerando a los más de mil trabajadores ya dispuestos como cupos del Programa de Inversión en la Comunidad en labores de las municipalidades de la Región de Valparaíso y en función de la cantidad de viviendas afectadas, se estableció la creación de 100 nuevos puestos de trabajo por medio del PEE que ejecuta la Corporación Nacional Forestal (Conaf).

Los cupos serán, preferentemente, para los adultos desempleados de las mismas familias afectadas por el incendio, en labores de remoción de escombros, retiro de nuevo material combustible, etc.

Cabe indicar que las personas son contratadas en la modalidad a plazo fijo, la que es regulada por el Código del Trabajo.

Los requisitos para acceder a uno de los cupos son los siguientes:

• Ser mayor de edad.

• Estar desempleado/a (declaración jurada simple).

• Inscripción en el Registro Social de Hogares.

• Estar inscrito en la Oficina Municipal de Información Laboral o en la Bolsa Nacional de Empleo.

Protección a los derechos laborales

Con el objetivo de resguardar los derechos laborales de las y los trabajadores, se emitirá desde la Dirección del Trabajo (DT) un Ordinario informando sobre derechos de trabajadores y trabajadoras en el contexto de esta emergencia, donde se precisan los deberes de empleadores en estas circunstancias, y los derechos de las y los trabajadores que podrían resultar afectados y por lo mismo comprometer la continuidad de labores en este contexto.

Se dispondrán de brigadas de fiscalizadores del Trabajo de la Región y un equipo del departamento de Relaciones Laborales de la DT ‘in situ’ para efectuar rondas y revisiones y orientaciones a trabajadores que no han podido asistir a sus labores y verificar si existen empresas afectadas por la emergencia.

Por otro lado, la DT informó que existe un dictamen que protege los derechos laborales de los voluntarios del Cuerpo de Bomberos que acuden a colaborar en emergencia, como es este caso: “los voluntarios “están facultados para acudir a llamados de emergencia ante accidentes, incendios u otros siniestros que ocurran durante su jornada laboral”, no arriesgando con ello ni su fuente laboral ni sus remuneraciones.

Se añade que “el tiempo que estos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales”. Por ello, se explicitó que “el empleador no podrá, en ningún caso, calificar esta salida como intempestiva o injustificada” para configurar la causal de abandono de trabajo establecida en el artículo 160, número 4, letra a) del Código del Trabajo, o como fundamento de una investigación sumaria o de un sumario administrativo.

Refuerzos de la seguridad social

La Superintendencia de Seguridad Social ha coordinado a las Mutualidades e Instituto de Seguridad Laboral (ISL) para que estas instituciones entreguen el siguiente apoyo:

- Apoyo y contención emocional: se realiza de forma remota y con equipo de profesionales en terreno, para funcionarios municipales y equipos.

- Ambulancia para el puesto de comando por parte de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS): a disposición de bomberos, para la atención de personal que llega para atender traumas oculares simples o contusiones.

- Instalación provisoria de la ACHS: Se instalará en el Jardín Infantil JUNJI “Michelle Bachelet” del campamento Felipe Camiroaga a las 20:30 horas desde el viernes 3 de diciembre.

- Coordinación Centros de Atención de Salud (CAS) para atención de Convenio Seguro de Bomberos, atención de accidentes de baja complejidad de bomberos, esto permite descomprimir las unidades de emergencia de la zona para que puedan atender civiles.

- Instalación de Policlínico en campaña, a través de la ACHS y en coordinación con la Seremi de Salud y la Municipalidad de Viña se dispuso de esta instalación para atender a las emergencias de menor complejidad para posterior derivación.

1. Apoyo psicológico y atención y médica: El Instituto de Seguridad del Trabajo, en coordinación con Municipalidad de Viña del Mar, ha dispuesto atención psicológica en albergues, y atención médica que se requiera.

2. Acciones de las Cajas de Compensación: consistente en la condonación de multas; mayor periodo de pago; y facilidad para los trámites necesarios de quienes han sido afectados por los incendios.

3. Apoyo en la FIBE: el ISL puso a disposición a funcionarios y funcionarias capacitados para la aplicación de la Ficha Básica de Emergencia (FIBE).

4. Entrega de insumos de protección. Se redestinarán recursos de la campaña de Verano Seguro para la entrega de bloqueadores solares, gorros legionarios, protectores labiales, botellas de hidratación y cubre cuellos para los voluntarios que hoy están trabajando en terreno.

Además, el Instituto de Previsión Social (IPS) ha activado las siguientes medidas:

1) Atención extraordinaria del IPS: La sucursal del IPS Viña del Mar atenderá durante sábado 24 de diciembre entre las 09:00 y las 13:00 horas, para trámites de familias damnificadas. Se dispuso el uso del IPS móvil para colaborar en la atención de las personas damnificadas, principalmente en el llenado de la ficha de emergencia en el albergue del Hotel O’Higgins.

2) Plan de contingencia de pagos. Se ha implementado un procedimiento de contingencia para permitir el pago de beneficios, el cual opera de la siguiente manera:

- Durante el primer día de contingencia y solo en las sucursales de Valparaíso y Viña del Mar, los pagos que realiza la Caja de Compensación Los Héroes se harán comparando la firma del titular o apoderado con la de la colilla de la última liquidación.

- Para los siguientes días, los cobros se pueden hacer presentando: colilla de renovación de la cédula de identidad entregada por el Registro Civil, con el formulario de identificación de beneficio extendido por el IPS o presentando el certificado de la municipalidad o documento que acredite ser damnificado del incendio y que permita determinar que no tenga la cédula de identidad.

Medidas para créditos prendarios de la Dicrep

Se anunció que a los usuarios del servicio de la Dirección de Crédito Prendario (Dicrep), se les eximirá del costo de derecho de emisión a las pólizas de usuarios afectados por el incendio. El duplicado de póliza será el 1% calculado sobre el capital prestado.

Asimismo, habrá eximición del costo de derecho de emisión y la medida beneficiara a los empeñantes del rubro de objetos varios, dado que podrán recuperar sus especies a un menor costo. Dicha acción debe ser solicitada por cada usuario al momento de concurrir a la unidad correspondiente de la Dicrep. Además, se exime del costo de derecho de emisión a las pólizas de usuarios afectados por el incendio en dos modalidades: tradicional y cuotas.

Finalmente, los usuarios afectados por el incendio podrán suspender los intereses de los créditos vigentes.

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