Operación Topógrafo: Corte Suprema rechaza solicitud de remoción de la directora y un consejero del INDH
El máximo tribunal determinó que el requerimiento presentado por 11 diputados de Chile Vamos, en contra de Consuelo Contreras y Francisco Ugás no cumplía con los requisitos exigidos para estimar que "existe la negligencia manifiesta e inexcusable" del cargo de ambos consejeros.
Este lunes el pleno de la Corte Suprema rechazó el requerimiento interpuesto en julio por 11 diputados de Chile Vamos que solicitaron la remoción de la directora del INDH Consuelo Contreras y del consejero Francisco Ugás.
A ambos se les acusó de actuar negligentemente al aprobar que el organismo presentara una querella por el delito de tráfico de influencias en la denominada Operación Topógrafo, donde se investiga al exjuez Juan Antonio Poblete.
El magistrado, indagado por escuchas telefónicas ilegales, también habría intercedido en el nombramiento de diferentes cargos al interior del Poder Judicial, contactando -entre otros- al ahora alcalde electo de Santiago, Mario Desbordes, lo que gatilló la acción judicial del organismo encabezado por Contreras. Sin embargo, el tribunal declaró inadmisible dicha presentación del INDH.
En la nómina de diputados que interpusieron el recurso contra Contreras y Ugás figuran: Andrés Longton (RN), Jorge Guzmán (Evópoli), Jorge Alessandri (UDI), Juan Antonio Coloma (UDI), Felipe Donoso (UDI), Henry Leal (UDI), Natalia Romero (IND-UDI), Jorge Rathgeb (RN), Camila Flores (RN), Miguel Ángel Becker (RN) y Hugo Rey (RN).
La solicitud
Tras meses de tramitación por parte de la ministra de la Suprema, María Cristina Gajardo, finalmente pasadas las 14.00 horas de este lunes el pleno del máximo tribunal escuchó las alegaciones de las partes. Primero fue el turno del abogado Roberto Belch, quien representaba a los diputados y quien argumentó que los consejeros habían incurrido en una “negligencia manifiesta e inexcusable en el ejercicio de sus funciones”.
En concreto, el abogado apuntó a que la decisión del INDH se había salido de lo establecido por la Ley Orgánica que crea el organismo.
Para el abogado que representó a los diputados, Contreras actuó negligentemente durante la tramitación de la votación y aprobación de la querella, mientras que en el caso de Ugás lo acusaron de no haberse inhabilitado siendo que representaba a uno de los querellantes en la causa de la Operación Topógrafo.
Los alegatos
Tras la presentación de Belch, fue el turno del abogado Gabriel Osorio, quien representó a la directora Contreras. Osorio basó su presentación, principalmente, en tres argumentos, el primero de ellos respecto a que la decisión de querellarse del INDH fue una decisión del Consejo con siete votos a favor y cuatro abstenciones.
“Cuando se lee y se escuchan los alegatos de mi distinguido contradictor referidos a la solicitud de remoción, no se hace cargo en lo referido a la decisión colectiva tomada por el consejo del INDH ni el por qué se interpone este procedimiento de remoción, es decir, cuáles son las causales jurídicas del por qué se interpone un procedimiento de remoción respecto de dos de los once consejeros que tomaron la decisión mediante su votación”, expuso Osorio.
En segundo término, el abogado apuntó a que la Ley Orgánica del INDH, recordando la discusión que se dio en su tramitación en la comisión mixta, donde se aprobó que la normativa no estableciera “un catálogo taxativo de delitos”, lo que justificaría -a su juicio- que el organismo se querellara por el delito de tráfico de influencias, ya que además no se estableció que el catálogo de delitos leído por el abogado de los diputados era “exclusivamente” o “solamente”.
Por último, Osorio también expuso todas las veces en las que el organismo se ha querellado por delitos fuera de lo establecido en su normativa. En ese sentido, informó que el INDH hasta ahora ha presentado 3.071 querellas por el delito de vejaciones, 149 por sustracción de menores, 40 por obstrucción a la investigación, tres por homicidios, entre otros.
Después del abogado de Contreras, fue el turno de quien representó al consejero Ugás, Nelson Caucoto, quien afirmó que “este grupo parlamentario, actúa bajo una pasión política”. Algo que calificó como “súper peligroso lo que hacen. ¿Saben por qué? Porque eran siete los consejeros que aprobaron la decisión de presentar la querella, de manera que contra esos siete debió actuarse, pedirse la remoción. ¿Y en qué queda convertido entonces el INDH si de once consejeros usted le quita siete al mismo tiempo?”.
El portazo de la Suprema
Minutos después de terminados los alegatos, fue la vocera del máximo tribunal, María Soledad Melo, quien comunicó la resolución del tribunal. Si bien afirmó que próximamente se entregaría la “sentencia íntegra”, informó que la Suprema decidió rechazar el requerimiento.
Melo, expuso que la decisión del pleno de la Suprema se acordó “por no cumplirse los requisitos exigidos”, y por “estimar que no existe la negligencia manifiesta e inexcusable en el ejercicio de sus funciones de los consejeros señora Contreras y señor Ugás”. Decisión que sólo tuvo un voto en contra, el del ministro Juan Manuel Muñoz Pardo, “quien estuvo por acogerlo sólo respecto del consejero Ugás”.
Al término de la audiencia, y conocida la resolución de la Suprema, el abogado Osorio calificó este fallo como “muy importante”, porque “reafirma el compromiso del INDH con la defensa de los derechos humanos. Reafirma la legalidad de la actuación del Consejo y reafirma también la sana doctrina en que el INDH puede interponer acciones judiciales más allá del catálogo que está previsto en su propia ley orgánica. Para nosotros nos deja muy satisfechos el fallo”.
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