Parque Museo Humano: Corte confirma fallo que obliga a Municipalidad de Santiago a indemnizar por más de $60 millones a fundación

Tematicas Corte de Apelaciones
Foto: Patricio Fuentes

El proyecto por el que el municipio fue demandado consistía en la instalación de esculturas de bronce del reconocido artista Mario Irarrázabal en el Parque San Borja. Según el fallo de primera instancia, la iniciativa finalmente fue cancelada de forma unilateral durante la gestión de Felipe Alessandri, por lo que se obligó a la casa comunal a indemnizar a la fundación. La administración de Irací Hassler confirmó a este medio que buscarán apelar a la sanción en la Suprema.


Este viernes se conoció que la Corte de Apelaciones confirmó el fallo de primera instancia que mandata a la Municipalidad de Santiago a indemnizar por más de $60 millones a la Fundación Piedra Viva, luego de que el 17º Juzgado Civil capitalino decretara que el organismo comunal incumplió el contrato que suscribió con la entidad privada para desarrollar el Parque Museo Humano, con esculturas de bronce realizadas por el reconocido escultor Mario Irarrázabal.

En un fallo dividido, el tribunal de alzada capitalino ratificó lo fallado en primera instancia, donde en abril de 2020 se acogió el escrito presentado por la fundación que demandó a la municipalidad por indemnización de perjuicios y daño emergente, luego de que el contrato suscrito para realizar el museo en el Parque San Borja fuera cancelado de forma “unilateral” por la casa comunal, durante la era Alessandri.

Según el relato consignado en la demanda, luego de que la municipalidad otorgara el permiso de edificación el 10 de abril de 2017 y cuando la fundación se aprestaba a desarrollar la construcción del proyecto, se decidió no continuar.

“La municipalidad, sin un fundamento jurídico válido, decidió simplemente, por sí y ante sí, no continuar con la ejecución del proyecto, echando por tierra cerca de cuatro años de intenso trabajo, desconociendo por completo sus obligaciones y compromisos, causando daño patrimonial y extrapatrimonial a su parte”, se lee en el fallo de primera instancia.

Felipe Alessandri (RN), en una carta enviada a este medio cuando ejercía como concejal de la comuna, entregó algunas luces de sus razones para ser detractor del proyecto.

“Luego de haber votado con unanimidad en el concejo por el proyecto ganador, nos hemos dado cuenta de que la macro intervención del parque no fue socializada en la debida forma con la comunidad, que hoy mayoritariamente resiente lo que parece una imposición edilicia y rechazan la intervención”, escribió el exjefe comunal el 10 de febrero de 2015.

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Felipe Alessandri.

El contrato original entre el municipio y la fundación Piedra Viva fue suscrito el 4 de junio de 2014, durante la gestión de la actual ministra del Interior, Carolina Tohá (PPD). Pero, de acuerdo al fallo civil, fue cancelado durante la administración de Alessandri (RN).

Esta última gestión ingresó un recurso de casación para impugnar la decisión de primera instancia, argumentando que el proyecto no contaba con el respaldo de la comunidad. Escrito que finalmente -en un fallo dividido- fue rechazado por la Corte de Apelaciones el pasado 30 de octubre.

“La excusa de la Municipalidad en torno a que fue la oposición de los vecinos lo que motivó descartar el proyecto de instalación del Parque Museo Humano, luego de ya avanzado el proyecto que se inició el año 2014, tal como fue establecido en los hechos, deberá ser desechada, no solo porque el acuerdo celebrado entre las partes está dentro de la órbita de atribuciones de la municipalidad, entidad que debió asumir el riesgo que un proyecto de tal envergadura conlleva,”, sostiene el fallo de la Corte.

El argumento de la municipalidad fue desechado, entre otras razones, porque el proceso que permitió a la fundación adjudicarse el contrato para desarrollar el proyecto consideró en varias de sus etapas la participación de vecinos y vecinas de la comuna.

“Se aprecia que se realizaron reuniones de coordinación con los representantes de las juntas de vecinos y se incorporó a uno de sus representantes en la comisión de evaluación de la licitación pública, quien manifestó claramente su posición al realizar su evaluación; además, aparece que se realizó una visita y recorrido del terreno con los vecinos en junio de 2014, se hicieron cuatro visitas al taller del escultor, en el mismo mes de junio de 2014″, rebate el fallo.

Y remata: “La municipalidad le puso término en la etapa final del proyecto, una vez desarrollado gran parte del proyecto, situación que se acreditó en la causa, por lo que debe responder por los perjuicios”.

La actual administración de la Municipalidad de Santiago, a cargo de la PC Irací Hassler, confirmó a La Tercera que apelarán a la sanción en la Corte Suprema.

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