Sentencia se comunicó bajo fuertes medidas de seguridad: Los Gallegos cumplirán penas que suman más de 500 años de cárcel

“Para nosotros hoy se cierra un ciclo de una causa que consideramos bastante importante y relevante, no solamente en la región, sino que para el país", destacó el fiscal regional de Arica, Mario Carrera.
Bajo fuertes medidas de seguridad se efectuó la audiencia de comunicación de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Arica por el juicio en que se condenó como autores de los delitos de asociación ilícita, tráfico de drogas, homicidio simple, homicidio de carabinero, secuestro extorsivo y porte de arma de fuego, a 34 integrantes del grupo delictual Los Gallegos, uno de los brazos del Tren de Aragua que operó en el extremo norte del país entre 2021 y 2022.
“Para nosotros hoy se cierra un ciclo de una causa que consideramos bastante importante y relevante, no solamente en la región, sino que para el país. En total, las penas que se comunicaron hoy respecto de los 34 condenados suman más de 500 años”, destacó el fiscal regional de Arica, Mario Carrera Guerrero, en la sede de la Fiscalía Nacional en Santiago, la tarde de este jueves.

En una resolución unánime, el 19 de noviembre el tribunal –integrado por los magistrados Sara Pizarro Grandón (presidenta), Óscar Huenchual Pizarro (redactor) y Sergio Álvarez Cáceres– tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la ocurrencia de los delitos acreditados como la participación de los acusados, en diversos grados, dictando un veredicto condenatorio.
La sentencia dada a conocer este jueves 6 de marzo fue redactada por el juez Huenchual.
Uno de los acusados fue condenado a la pena de presidio perpetuo por dos homicidios (uno calificado y otro simple), además de otros 16 años por delitos de robo con intimidación y asociación ilícita. Otros tres, recibieron sentencias que suman 44, 39 y 32 años, respectivamente por varios ilícitos. Los otros 30, recibieron distintas condenas que fluctúan entre los 541 días hasta los 20 años de presidio.
Se investigó con un agente infiltrado
La investigación fue dirigida por la Unidad de Análisis Criminal de la Fiscalía Regional de Arica y Parinacota y se desarrolló en coordinación con la Brigada Antinarcóticos y contra el Crimen Organizado de la Policía de Investigaciones de Arica, con un agente encubierto que se infiltró en la organización. La indagatoria se inició en enero de 2022 y consideró tres grandes procedimientos y operativos en Cerro Chuño. El control de ese lugar había sido tomado por Los Gallegos y allí se desenterraron los cuerpos de tres de las víctimas de la banda.
Seguridad y planes de atentados durante el juicio
El juicio partió el 22 de abril del año pasado y se desarrolló en una modalidad semipresencial, por la cantidad de involucrados y la seguridad de los intervinientes. Internados en penales de Arica, La Serena, Rancagua, Concepción, Santiago y Puerto Montt, los imputados siguieron el desarrollo de las audiencias.
Uno de los fiscales que indagó el caso fue amenazado y sigue con medidas de protección.
Por otro lado, tras conocerse que serían condenados, la banda planificó un ataque con coche bomba contra el tribunal. Un grupo de reos recluidos en el Centro Penitenciario de Acha, en coordinación con miembros del Tren de Aragua en Colombia, maquinaron el plan de venganza que fue desarticulado.
Ministerio Público ajustó la individualización
Fueron 22 hechos evaluados por el tribunal respecto a los 38 imputados, 29 hombres y nueve mujeres, en su mayoría de nacionalidad venezolana. La Fiscalía Regional de Arica y Parinacota estaba solicitando presidio perpetuo para 11 de los imputados, mientras que las condenas solicitadas para los otros 27 sumaban sobre 200 años. Al condenar, los integrantes del tribunal dieron cuenta del análisis que debieron hacer para juzgar en su mérito la participación de cada sujeto individualizado respecto a cada hecho en que se les imputó participación.
“En innumerables pasajes de la acusación fiscal se vislumbró, por ejemplo, que se pedía condena para ciertos y determinados acusados, pero no se les nombraba en el hecho nuclear: y como no se les nombraba en este hecho, forzosamente había que absolver por cuanto una de las piedras angulares del debido proceso es el principio de congruencia: tiene que haber una explicación clara y concienzuda del hecho”, razonó tras la audiencia de noviembre, la jueza Pizarro.

Asimismo, sostuvo que en algunos hechos imputados se mencionaban delitos, en la parte conclusiva de la acusación se pedía una pena, “pero los imputados no habían sido nombrados en el desarrollo nuclear de la acusación del Ministerio Público”.
“Por esa razón, hubo que absolver respecto de algunos capítulos de la acusación fiscal porque no cumplían con el principio de la congruencia que es esencial, pero el Ministerio del Interior hizo un muy buen trabajo y ajustó la individualización de los sujetos con el desarrollo de la premisa fáctica”.
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