TC declara inconstitucional apelación de Fiscalía y se confirma rechazo a desafuero de senador Ossandón en causa por tráfico de influencias

Manuel José Ossandón
FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE/AGENCIAUNO

El Tribunal Constitucional resolvió acoger el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el senador Manuel José Ossandón Irarrázabal y por lo tanto, en los próximos días la Corte de Apelaciones de San Miguel declarará su sobreseimiento definitivo en la causa por presunto tráfico de influencias.


Esta mañana, el Tribunal Constitucional resolvió acoger el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el senador Manuel José Ossandón Irarrázabal (RN) y, por lo tanto, en los próximos días la Corte de Apelaciones de San Miguel declarará su sobreseimiento definitivo en la causa por presunto tráfico de influencias.

El requerimiento fue acogido por unanimidad en sesión del Pleno del Tribunal Constitucional integrado por el presidente Juan José Romero y los ministros Iván Aróstica, María Luisa Brahm, Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo, Miguel Fernández y Rodrigo Pica. No estuvieron presentes María Pía Silva y José Ignacio Vásquez.

En abril de este año, la Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó desaforar al parlamentario por el delito de tráfico de influencias tras ser acusado de intentar favorecer a la empresa de extracción de áridos Cavilú SpA, de la que su hijo Nicolás Ossandón es socio.

En aquella oportunidad, el tribunal de alzada revisó los hechos y concluyó que ninguno era constitutivo de delitos. Sin embargo, el Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Público apelaron ante la Corte Suprema y frente a esto, la defensa del senador Ossandón encabezada por el abogado Ricardo Freire acudió al Tribunal Constitucional, alegando que el artículo 418 del Código Procesal Penal, relacionado con la solicitud de desafuero ante la Corte Suprema, es de rango inferior a lo que establece la Constitución en su artículo 61, que establece: “De esta resolución podrá apelarse para ante la Corte Suprema”. A juicio de la defensa de Ossandón, esta norma se refiere a que es apelable aquella resolución que concede el desafuero y no la que la rechaza. Así, las apelaciones que presentó el CDE y la fiscalía debían ser desestimadas, lo que finalmente ocurrió.

A raíz de las acusaciones, el parlamentario había suspendido su militancia en Renovación Nacional, y el caso terminó por complicar sus aspiraciones políticas, ya que en la primaria de Chile Vamos en 2017, obtuvo un segundo lugar detrás de Sebastián Piñera.

Frente al positivo resultado el senador Manuel José Ossandón sostuvo que “este es un fallo a favor de la verdad. El Tribunal Constitucional, en forma unánime, desechó las pretensiones de la fiscalía y del ex alcalde de Pirque de juzgarme por un delito que jamás he cometido y jamás ha existido, como lo dije desde que comenzó esta persecución”.

“Lo contundente de la votación solo confirma lo que resuelto por los ministros de la Corte de Apelaciones de San Miguel hace unos meses, en el sentido de que la investigación de la fiscalía no daba luces sobre la comisión de delito alguno de mi parte. Ahora solo me resta seguir trabajando, como siempre lo he hecho, a favor de las familias que necesitan el apoyo de su Senador en la Región Metropolitana”, concluyó.

Su abogado Ricardo Freire agregó: “Valoramos la resolución del Tribunal Constitucional, que ha sido contundente, tal como lo fue la sentencia de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel al rechazar el desafuero porque en la investigación de la fiscalía no aparecía que se hubiere cometido algún delito por el Senador Ossandón, quién en todo momento colaboró en este proceso con la tranquilidad y la convicción, de quien es inocente”.

“Con este fallo ha primado la razón, la verdad y el derecho, y cuando eso ocurre, finalmente lo que prevalece es la justicia, lo que por supuesto, no puede sino dejarnos muy satisfechos como defensa”, concluyó.

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