Abogado de comunidades diaguitas: "Estamos satisfechos de haber obtenido un fallo favorable"
Lorenzo Soto destacó que el fallo que confirmo la paralización de Pascua Lama establece además que la SMA deberá implementar y ejecutar, a lo menos semestralmente, actividades de fiscalización al proyecto.<br>
El abogado de las comunidades diaguitas del valle del Huasco, Lorenzo Soto, se manifestó conforme con el fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó que acogió el recurso de protección presentado por sus representados en contra del proyecto Pascua Lama de la minera canadiense Barrick.
El representante destacó que el fallo "confirma la paralización que la Superintendencia (de Medio Ambiente) ordenó, con la ventaja que ahora es un tribunal de la República quien ordena".
Cabe recordar que la Corte de Apelaciones presidida por el ministro Antonio Ulloa reafirmó la paralización del proyecto hasta que se adopten todas las medidas contempladas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) para el adecuado funcionamiento del sistema de manejo de aguas, así como las medidas urgentes y transitorias que ordenó la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en mayo pasado cuando sancionó a Nevada SpA, titular del proyecto y filial de Barrick, por incumplir el RCA.
Además, Soto recalcó que están estudiando los alcances del fallo, "porque la Corte ha ordenado una medida que a nuestro juicio es trascendente, que es que no solo se debe cumplir con la RCA o el permiso ambiental de Barrick, sino que además ha ordenado que debe intruirse un proceso de revisión del permiso ambiental. Esto es trascendente, porque aquí la empresa no solo tiene que cumplir con lo que ya se le autorizó, sino que va a tener que cumplir otras condiciones que derivan del cambio de las circunstancias que se han producido desde la fecha en que este proyecto se aprobó hasta ahora".
GLACIARES
Asimismo, el abogado valoró la orden dada por la Corte de Apelaciones a Barrick de presentar toda la información relativa al plan de seguimiento y monitoreo de glaciares ante la SMA a fin de que ésta fiscalice y haga un seguimiento el cabal cumplimiento de la ley ambiental, sin perjuicio de que inicie los procedimientos administrativos correspondientes.
Además,destacó que la SMA deberá implementar y ejecutar, a lo menos semestralmente, actividades de fiscalización al proyecto, en especial, a las obras relacionadas con los recursos hídricos afectados.
"La Corte estableció que acá hay una grave amenaza a los recursos de los glaciares, que están cubiertos con un material rocoso, que emana de la mina y que eso no puede ocurrir. Y para ello, lo que ha hecho es ordenar primero que cada seis meses la Superintendencia (de Medio Ambiente) informe como se
están comportando los glaciares y que además, inspeccione las faenas y que en virtud de ello, instruya los procesos que corresponda", precisó.
Agregó que "acá lo que puede ocurrir es que se abre una nueva ventana , similar a la que ya tenemos, pero relativa a los glaciares, que no ha sido materia de los procesos de sanción de la Superintendencia (de Medio Ambiente)", recalcó.
Sin embargo, si bien el representante señaló que "estamos satisfechos de haber obtenido un fallo favorable", aseveró que "estamos evaluando y procedería a nuestro juicio impugnar algunos de los puntos o de las medidas ordenadas por la Corte. En estos cinco días de plazo que tenemos para apelar, podríamos requerir que sean mejoradas o que se eleven las exigencias establecidas".
En ese sentido, Soto explicó que "la Corte no nos acogió el fallo en relación a las omisiones del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y por lo tanto, es probable que nosotros insistamos respecto que aquí sí existieron omisiones de parte de la autoridad ambiental".
Respecto a la petición de que se revoque el RCA del proyecto, afirmó que esa materia la llevarán adelante a través del Tribunal Medio Ambiental.
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