BC rechaza prepago de deuda subordinada del Banco de Chile
Así lo informaron ayer el instituto emisor y SM Chile. Propuesta causaría efectos económicos perjudiciales, dijo el BC.
El Banco Central decidió rechazar la propuesta de pago anticipado total de la deuda subordinada que mantiene el Banco de Chile, que controlan el grupo Luksic y Citi, y que arrastra desde la década del 80, producto de un rescate en el marco de la crisis financiera por la que atravesaba entonces el país.
La propuesta había sido formulada a través de una carta confidencial enviada por la Sociedad Matriz del Banco de Chile (SM Chile) en septiembre pasado al ente emisor. Esto, con el "objeto de acordar el pago anticipado total de la obligación subordinada que mantiene la filial SAOS con dicha entidad, mediante el rescate de acciones entregadas en prenda y pagando el total de la obligación, incluidos reajustes e intereses devengados a la fecha de pago", según indicó SM Chile en un hecho esencial enviado ayer a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS).
La compañía agregó que "no obstante tratarse del pago del total de la obligación, en su respuesta el presidente del Banco Central (Rodrigo Vergara) informa que el consejo de esa entidad ha acordado rechazar el prepago propuesto por el presidente de la sociedad (Andrónico Luksic).
A través de SAOS, el Banco de Chile registraba al cierre de 2015 un saldo por cancelar de UF 18.160.795, equivalentes hoy a $ 476.407 millones.
Mientras, en un comunicado, el BC indicó que la respuesta fue atendiendo a que la aceptación, bajo las condiciones propuestas en la carta, causaría efectos económicos perjudiciales al instituto emisor.
"El fundamento de esta decisión es que la propuesta recibida corresponde esencialmente a un pago anticipado que incluiría el saldo adeudado y los intereses devengados, mediante un pago en dinero proveniente del rescate de acciones del Banco de Chile, prendadas a favor del instituto emisor, sin considerar el procedimiento de evaluación económica que establece la Ley N° 19.396 y el contrato que vincula a las partes, para los prepagos que se traduzcan en la entrega de un monto de dinero al Banco Central".
El ente emisor añadió se debe tener presente que, si bien la legislación establece expresamente la posibilidad de extinguir la obligación subordinada mediante la aplicación de pagos anticipados, también le confiere explícitamente la facultad de rechazar ofertas de prepago que le puedan ocasionar un detrimento económico.
También manifestó que la normativa que rige estos asuntos fue especialmente diseñada para evitarle perjuicios económicos al ente rector, ya que tiene su origen en la ayuda que debió prestar al sistema bancario con motivo de la crisis mencionada. "Esta ayuda se tradujo en un acceso a financiamientos en condiciones que significaron un alto costo económico para el Banco Central, que se arrastra hasta el día de hoy en sus estados financieros, y para el Fisco", dijo.
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