Comisión Mixta propone reponer artículo de proyecto sobre administrador provisional
Por unanimidad la comisión mixta propuso reponer el artículo rechazado que permite a las instituciones de educación superior afectadas por el nombramiento de un administrador provisional puedan reclamar la legalidad de la medida ante la Corte de Apelaciones respectivas.
Por unanimidad, la comisión mixta que analizó el artículo rechazado por la Cámara de Diputados sobre el proyecto de ley que crea la figura del administrador provisional para instituciones de educación superior en crisis, resolvió insistir en la norma aprobada en el Senado.
La norma, que corresponde al artículo 9 de la nueva normativa, permite a las instituciones de educación superior afectadas por el nombramiento de un administrador provisional puedan reclamar la legalidad de la medida ante la Corte de Apelaciones respectiva, esto dentro de un plazo de diez días.
Según señaló el presidente de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, Mario Venegas, integrante de la comisión mixta, "se aprobó una sugerencia de mi parte, que planteó se aprobara el artículo en los mismos términos que salió del Senado".
Venegas informó que durante la discusión en la comisión mixta algunos senadores y diputados de la Alianza intentaron promover una modificación que planteaba que el recurso de apelación que plantea el artículo, en vez de presentarse ante la Corte de Apelaciones respectiva, se hiciera ante los juzgados de letras a propósito de una sugerencia que había hecho en ese sentido la Corte Suprema.
"Nosotros estimamos que como el objetivo es producir un proceso de garantía para las instituciones de educación corto, breve en el tiempo, nos parecía que no es necesario innovar y que fuera directamente a la Corte de Apelaciones y así se acordó finalmente y se votó unánimemente tal como estaba", precisó.
La propuesta de la comisión mixta debe ser sometida a votación nuevamente en ambas cámaras antes del despacho definitivo del proyecto de ley. La iniciativa además deberá ser revisada por el Tribunal Constitucional, antes de ser promulgada como ley de la República.
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