Congreso despacha nueva ley sobre maltrato animal que endurece sanciones
<p>Los tribunales serán los encargados de aplicar la iniciativa y no los juzgados de policía local.</p>
Durante esta jornada, la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley sobre maltrato animal, por lo que quedó en condiciones de ser remitido al Ejecutivo para su promulgación. La iniciativa fue aprobada por 107 votos a favor, 1 en contra y una abstención.
La nueva norma aumenta las penas a quienes cometan actos de crueldad o maltrato animal, estableciendo la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y/o multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales (UTM).
La ley señala que ahora el juzgamiento de los casos de maltrato radicarán en los tribunales competentes, y no en los juzgados de policía local. Asimismo, limita las atribuciones de los veterinarios para decretar el sacrificio de los animales abandonados.
Además, establece normas destinadas a conocer, proteger y respetar a los animales, como seres vivos y parte de la naturaleza, con el fin de darles un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios.
MAS DUREZA
En tanto, la iniciativa comprende regular el comportamiento de los circos, parques zoológicos y otros lugares destinados al espectáculo o exhibición de los animales; los laboratorios de diagnóstico veterinario; los establecimientos destinados a la producción industrial de animales y sus productos, y los locales comerciales establecidos para la compraventa de animales.
Estos lugares deberán contar con las instalaciones adecuadas a las respectivas especies y categorías de animales para evitar el maltrato y el deterioro de su salud. Asimismo, deberán adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad de las personas.
Iguales obligaciones recaerán sobre los hospitales, clínicas y consultas veterinarias, y los establecimientos destinados a la investigación y docencia sobre animales, o al adiestramiento, concursos y hospedajes de animales.
La ley también norma sobre los experimentos en animales vivos, los que podrán sólo ser practicados por personal calificado, que evitará al máximo su padecimiento. Se entenderá por personal calificado aquél que tenga estudios en las áreas veterinaria, médica o ciencias afines, certificados por una institución académica del Estado o reconocida por éste.
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