Contralor criticó ley de Universidades estatales que dificultan fiscalizar el lucro

Ramiro Mendoza pidió revisar aquellas legislaciones que dificultan su interpretación y aplicación, con el fin de hacer más expedito el funcionamiento de la administración.




En el marco de la cuenta pública de la Contraloría General, el contralor, Ramiro Mendoza, mencionó las dificultades del ente para fiscalizar a entidades públicas, debido a "dudas" de la legislación en su interpretación y aplicación.

Entre ellas, Mendoza destacó la ley N° 20.044, que establece facultades en materias financieras para las universidades estatales.

Según el contralor, conforme a la legislación, las entidades de Educación Superior del Estado, "deben presentar sus estados financieros en base a lo contenido en el artículo 76 de la ley N° 18.046 -Sobre Sociedades Anónimas-, normativa dirigida a instituciones del sector privado con fines de lucro y, además, por su naturaleza, están sometidas al Sistema de Contabilidad General de la Nación".

Dicha situación, "afecta, por una parte, la eficiente e idónea administración de los medios públicos destinados a un mismo fin y, por otra, desvirtúa la naturaleza de los destinatarios de una y otra", explicó Mendoza.

La autoridad fiscalizadora manifestó que "quizás nuestra principal preocupación está centrada en la neoexclusión del control, un fenómeno  que tiende a expandirse y que está de la mano del mal entendimiento de las autonomías administrativas. Que se asila en una situación mítica que pretende contraponer control con eficiencia, y que termina permitiendo que funcionarios quieran actuar como dueños, con el contenido de decisión del propietario y no con la rendición de cuentas y fiscalización de quien administra lo ajeno en servicio de los demás".

Asimismo, dijo Mendoza, "se observa una insuficiente regulación de las declaratorias de utilidad pública relativas a vías y parques -prevista en el artículo 59 de Ley General de Urbanismo y Construcciones".

El contralor además, dijo que no existe un marco legal de carácter general en materia de ejecución de obras públicas, cuya regulación se encuentra actualmente establecida, principalmente, en diversos textos reglamentarios, y que no hay normas sobre convalidación y reconocimiento de títulos técnicos otorgados en el extranjero, entre otras legislaciones.

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