Corte de Apelaciones falla en contra de la ley de Inmigración de Arizona

La Corte rechazó una apelación del estado que pretendía implementar una sección de la ley estatal SB1070 que sanciona a los jornaleros que piden empleo en las calles y las personas que los contratan.




La Corte de Apelaciones del Circuito Nueve en California rechazó una apelación del estado de Arizona que pretendía implementar una sección de la ley estatal SB1070 que sanciona a los jornaleros que piden empleo en las calles y las personas que los contratan. 

En una decisión unánime, el panel de tres jueces rechazó el argumento presentado por el estado que aseguraba que su único interés por aplicar esta sección de la ley es la seguridad en las calles.

La regulación busca castigar a todas aquellas personas que interrumpen el tráfico o detienen un auto para pedir empleo, lo mismo que criminalizar a los conductores que se detienen para recoger a jornaleros. 

En su decisión, el juez federal Raymond Fisher dijo que este argumento hubiera estado bien si no se enfocara solamente en los jornaleros, lo que de acuerdo con los magistrados viola sus derechos individuales bajo la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. 

Esta sección de la SB1070 referente a los jornaleros no formó parte de la decisión de la Corte Suprema de Justicia del pasado mes de junio que eliminó algunos de los puntos más controvertidos de esta legislación, pero mantuvo con vida la sección 2(b) la cual autoriza a los departamentos policiacos cuestionar el estatus migratorio de las personas que sospechen se encuentran de manera ilegal en EE.UU.

El juez Fisher considera que el estado de Arizona está más interesado en el tema de la inmigración indocumentada que en el de la seguridad en las calles.

En su opinión, esta sección de la SB1070 busca hacer más difícil la vida de aquellos que no tienen "papeles".

Representantes de la oficina de la gobernadora de Arizona, Jan Brewer, indicaron hoy que la mandataria republicana se encuentra analizando junto con sus abogados la decisión de la corte de apelaciones.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.