Corte Suprema acoge recurso de M. de Providencia sobre pulmón verde de la comuna

El máximo tribunal sostuvo que el terreno ubicado en Av. Pocuro con Av. A. Varas y que pertenece a Aguas Andinas está destinada a la producción y distribución de agua, por lo que la empresa no puede disponer de ella "a su arbitrio".




Un parque lleno de palmeras y piños añosos se ubica en plena intersección de Av. Antonio Varas con Av. Pocuro, en la comuna de Providencia. El municipio presentó un recurso de protección en contra de dictamen de la Contraloría, que le ordenaba fijar condiciones urbanísticas a este predio denominado Aguas Andinas, y fue así como hoy la Tercera Sala de la Corte Suprema lo acogió.

En el fallo, que revoca una sentencia de la Corte de Apelaciones, se declara que dicho predio "tiene la condición de Area Verde en conformidad al Plan Regulador Comunal de la comuna de Providencia, no estando afecto a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones".
 
En su argumentación, los ministros establecen que "el inmueble de autos constituye un Area Verde, condición que ostenta desde antes del Plan Regulador Comunal de 2007 y, a lo menos, desde el año 1975. El nuevo Plan Regulador lo que hizo fue reconocer y mantener una situación ya establecida".

La resolución agrega que "el Area Verde referida está destinada a la producción y distribución de agua potable, así como a la recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas, pues con tal finalidad se le entregaron los inmuebles a los antecesores en el dominio a la empresa Aguas Andinas S. A., de manera tal que ésta no puede disponer de ellos a su arbitrio, ya que en su explotación está indisolublemente determinada por el carácter de servicio público a la que fueron destinados en su oportunidad".
 
Al interior del recinto, que incluso cuenta con pequeños montículos, hay tres grandes estanques de agua (sólo dos están en funcionamiento), rodeados por una abundante vegetación. En 2005, la compañía sanitaria quiso levantar ahí 14 torres de departamentos, pero los vecinos y varias organizaciones ciudadanas se opusieron y lograron que la Intendencia de Santiago protegiera esta área ver- de en el Plan Regulador Metropolitano.

Sin embargo, esa protección caducó en 2010 y por eso Aguas Andinas le pidió a la Municipalidad de Providencia fijar nuevas normas urbanísticas en este terreno para construir un proyecto inmobiliario. Pero el municipio se negó y la empresa recurrió a la Contraloría, la que le dio la razón a Aguas Andinas hace un mes.

La resolución, de este modo, dice que "a la luz de lo expuesto, la decisión de la recurrida -contenida en el Dictamen N° 18.196 de 29 de marzo de 2012- aparece como ilegal, toda vez que desconoce implícitamente la calidad de servicio público de la actividad realizada por Aguas Andinas S. A., así como la destinación que con dicha finalidad se hizo respecto del inmueble de autos, que requería, para su utilización en el funcionamiento del servicio, que tuviera la condición de Área Verde; calidad y destinación hecha por el Estado que priman sobre las normas de caducidad establecidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

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