Ex presidente de Barcelona debe ingresar a la cárcel antes de 10 días
José Luis Núñez, a la cabeza de la institución de 1978 al 2000, deberá cumplir una condena de dos años por sobornos e irregularidades tributarias.
La Audiencia de Barcelona desestimó el último recurso presentado por el ex presidente del Barcelona, José Luis Núñez, en el que buscaba evitar entrar en prisión para cumplir su condena de dos años y dos meses por irregularidades tributarias. Es más: Le dió un plazo de diez días para iniciar su condena.
La decisión fue firme. Se rechazó la petición de Núñez de suspender su ingreso a la cárcel a la espera de que el Gobierno resuelva su indulto, entendiendo que esa medida de gracia tiene nulas perspectivas de prosperar y que el condenado no es "una persona rehabilitada" al no haber mostrado muestras de arrepentimiento.
La sala, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, fijo el plazo diez días a Núñez, que fue presidente de la institución catalana entre 1978 y 2000, para ingresar voluntariamente en la cárcel y cumplir la condena de dos años y dos meses que le impuso el Tribunal Supremo por sobornar a inspectores de Hacienda para que hicieran vista gorda en sus revisiones tributarias.
El acta que corrobora la decisión reitera los argumentos que la sala ya esgrimió en primera instancia, en que ordenaba a Núñez entrar en la cárcel y, además, resalta que el condenado "no ha dado la menor muestra de arrepentimiento o de contribución", como lo demuestra el anuncio que esta semana ha publicado en la prensa defendiendo su inocencia. La sala recuerda que en ese comunicado, que se publicó a toda página, Núñez no sólo no reconoce el delito, sino que "a modo de autojustificación" se presenta ante la opinión pública "poco menos como víctima de una injusticia, una actitud que dista diametralmente de quien, acatando y respetando la condena, quiere solicitar perdón a través de la medida de gracia del indulto".
El tribunal cree además que se impone la "inmediata ejecución" de la condena de Núñez dada la gravedad de los hechos que cometió, pues "no se trató de una conducta ocasional, puntual, episódica y de escasa trascendencia, sino de un comportamiento continuado" que se prolongó durante diez años.
Respecto a la avanzada edad que alegaba la defensa de Núñez, de 83 años, la sala cree que ello tampoco impide su ingreso en prisión, porque será Instituciones Penitenciarias quien deberá valorar adecuadamente sus circunstancias para acordar su clasificación y tratamiento.
La Audiencia, que impuso inicialmente una condena de seis años, recuerda que el procesado ya se benefició de una atenuante de dilaciones indebidas, por lo que ahora no cree razonable volver a valorar esa circunstancia para librarlo de la cárcel.
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