Fiscalía apeló a resolución que dejó en libertad a dos mapuches en huelga de hambre
Jueza Luz Mónica Arancibia sustituyó la prisión preventiva de dos comuneros de Temuco previo pago de 1 millón de pesos por concepto de "caución".
El fiscal Alberto Chiffelle apeló este martes a la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco que hoy otorgó la libertad de los imputados Pablo Canio Tralcal y Sergio Catrilaf Marilaf, quienes estaban en prisión preventiva por su supuesta responsabilidad en el ataque a un bus de la empresa Tur Bus ocurrido en julio de 2009 en el bypass de Temuco.
La jueza Luz Mónica Arancibia sustituyó la prisión preventiva de ambos comuneros previo pago de 1 millón de pesos por concepto de "caución" que asegurará su comparecencia a los actos del procedimiento que el Ministerio Público sigue contra ellos por delitos terroristas. Ambas comuneros mapuche se encuentran en huelga de hambre en el penal de Temuco en delicado estado de salud, tras 65 días de ayuno.
ARGUMENTOS
En la apelación el fiscal Chifelle señala que "existen en la investigación antecedentes que permiten justificar la existencia de los delitos investigados y presumir fundadamente que los imputados han tenido participación culpable en ellos la denuncia presentada y todos los antecedentes reunidos en la investigación, dan cuenta de la existencia de los hechos constitutivos del delito de atentado contra bus de transporte público en servicio; amenazas de cometer delitos terroristas, daños calificados y tenencia de armas de fuego y de que en estos cupo a los imputados participación culpable, a lo que se suma su detención por Carabineros, y el hecho de encontrarse en poder de los imputados especies relacionadas con los delitos investigados".
Estos argumentos serán presentados por el Ministerio Público a la Corte de Apelaciones de Temuco, que resolverá el recurso en los próximos días.
Durante la audiencia en que se dejó en libertad a ambos comuneros, la fiscalía sostuvo que era indispensable la prisión preventiva de ambos por la gravedad de los delitos que se investigan.
En el libelo de apelación, el Ministerio Público mantiene que la decisión del tribunal es perjudicial "desde el momento en que se revoca la prisión preventiva en un caso como éste, donde existen antecedentes serios de la existencia del delito y de la participación de los imputados en él, y donde, además, concurren los parámetros para estimar la libertad de los imputados como peligrosa para la seguridad de la sociedad".
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