Hacienda delimita nuevas atribuciones del SII para fiscalizar y sancionar elusión

Indicaciones a proyecto tributario fijan montos bajo fiscalización y limitan multas, entre otros.




Cambios de forma, no de fondo, anunció el lunes el ministro de Hacienda Alberto Arenas respecto de las mayores atribuciones que el proyecto de reforma tributaria otorga al Servicio de Impuestos Internos (SII) para fiscalizar y sancionar el incumplimiento tributario. Esto en un contexto en que parlamentarios de la Democracia Cristiana (DC) y abogados tributaristas han manifestado dudas sobre los alcances constitucionales de la norma general antielusión que se propone en la iniciativa legal.

Ayer la cartera salió al paso de esa inquietud y materializó dicho anuncio ingresando una serie de indicaciones que apuntan a precisar las nuevas atribuciones del Servicio. Según Alberto Arenas, las modificaciones "perfeccionan materias relacionadas con el fortalecimiento de las facultades del SII y no afectan la meta de "recaudar US$ 1.400 millones con la disminución de la evasión y la elusión".

La primera de las modificaciones establece que la aplicabilidad de una norma general antielusión -que busca rechazar ventajas tributarias derivadas de planificaciones empresariales para pagar menos impuestos-, "sólo será procedente si el monto de las diferencias de impuestos que conforme a ella puedan determinarse al contribuyente excedan la cantidad de 250 unidades tributarias mensuales", es decir, poco más de $ 10 millones.

Adicionalmente, se establece que la determinación de una práctica elusiva deberá ser expresada con fundamentos de hecho y derecho en una resolución aprobada por las subdirecciones de fiscalización, normativa y jurídica del SII. El contribuyente además podrá reclamar a esta resolución ante los tribunales tributarios.

Respecto de las sanciones que el proyecto considera para quienes colaboren en el diseño de prácticas elusivas, se señala que ésta tendrá un techo de 100 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $ 50 millones.

Finalmente, se señala que el acceso a información sobre compras con medios electrónicos excluirá información nominativa (individualizada) sobre adquisiciones realizadas por una persona natural a través de tarjetas de crédito o débito.

Expertos

Para la presidenta del Colegio de Abogados, Olga Feliú, las modificaciones "no resuelven las dudas sobre constitucionalidad, ya que se sigue dando al SII atribuciones propias de un organismo jurisdiccional, no de la administración pública". Afirma que este mes la instancia que encabeza dará a conocer un informe detallado sobre las implicancias jurídicas del proyecto de ley.

Coincide Rodrigo Benítez, socio de Tax & Legal de BDO. Señala que "los cambios son menores y no alteran el fondo de las propuestas, manteniendo las facultades del SII, las medidas antiabusivas generales y la responsabilidad del asesor".

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