Isapres arriesgan $ 38 mil millones por posible cambio en criterio tributario del SII

Organismo evalúa dejar afectos a tributo los gastos por las costas judiciales. Pago equivale a utilidades de 2015 y preocupa al sector, donde causas han subido 17% entre enero y junio.




Preocupación ha causado entre las isapres la revisión que está realizando el Servicio de Impuestos Internos (SII) para definir si los gastos por concepto de costas judiciales a las que han sido condenadas las aseguradoras pueden ser descontadas -como ha sido hasta ahora- o si califican como gastos rechazados,  lo cual los dejaría afectos a tributo.

Los dineros que pagan las aseguradoras, cuando los afiliados ganan recursos de protección por alzas de precios, son rendidos por las firmas como propios de la generación de la renta y parte de la operación. Y, como tales, no están afectos a impuestos. Sin embargo, los actuales análisis del ente recaudador podrían cambiar ese escenario, lo que generaría un impacto al sistema de salud privada.

¿Las razones? Cambiar la modalidad en que se rinden las costas judiciales implicaría  para las isapres abiertas -Banmédica, Colmena, Consalud, Cruz Blanca, Masvida y Vida Tres- tener que hacer una rectificación tributaria cercana a los $ 38.142 millones, retroactiva, para el período 2012- 2016,  ya que los gastos rechazados tributan al 35%. La cifra es similar a los  $ 37 mil millones de utilidades que las aseguradoras obtuvieron en 2015, tras reportar una caída del 38% respecto del año anterior.

Se trata, además, de un desembolso que se adicionaría a lo que ya han pagado por costas, estimado en $ 85.134 millones para las seis isapres, considerando 2012 a 2016.

La revisión del SII ocurre, además, en un contexto de permanente alza de los recursos judiciales. Durante el primer semestre de este año, las causas por alza de precio base de los planes llegaron a 81.164, es decir, crecieron un 17% respecto a los presentados en igual período del año pasado (70.348) y casi duplican los  44.389 tramitados a igual fecha de 2014.

Posición de isapres

Al interior de las isapres estiman que, en caso de que el SII determine el cambio de criterio tributario, los costos asociados podrían poner en riesgo la subsistencia del sistema, que ya ha visto caer las utilidades a la espera de una demorada reforma que establezca un mecanismo para regular las alzas de precios y ponga freno a la judicialización.

"Al ser una cifra similar a la de las utilidades, las isapres no tendrían caja para desembolsarla, lo que significaría hacer aportes de capital u otras medidas de emergencia. Esto tiene que ver con la incertidumbre que se genera en los planes de salud de las personas. Si una empresa cae, la gravedad es que las personas enfermas con alguna preexistencia que estén afiliadas a esa empresa no van a poder tomar un seguro de salud y se tendrán que ir a Fonasa", explicó Rafael Caviedes, presidente de la Asociación de Isapres.

El ejecutivo agregó que "no  es lo mismo que quiebre una fábrica de muebles a que lo haga una isapre. Los muebles se pueden comprar en otra empresa; las personas enfermas se irán a recargar aún más el seguro público".

Desde isapre Colmena agregaron que "si el SII define que las costas se considerarán gastos rechazados, implicando con ello rectificaciones millonarias, y el escenario será aún más catastrófico".

Definición

Para definir esto, el SII está analizando si los gastos por costas judiciales son o no parte del giro de las isapres.  Al respecto, abogados tributaristas indican que, particularmente en el caso de las aseguradoras, la judicialización ya está incorporada de forma importante en las actividades ordinarias.

"Por un lado, existe una verdadera industria de la litigación y hoy la vida ordinaria de las isapres es vivir con juicios. Eso se suma a que existe un vacío  en aspectos legales que no han sido cubiertos", explica Angela Vivanco, profesora de Derecho Constitucional de la U. Católica, quien agrega que se trata de una situación "muy  grave y anómala", que "pone en riesgo la subsistencia de la salud privada".

Para Franco Gorziglia, profesor de Derecho Tributario de la U. Católica  y U. de los Andes, "considerar que el derecho de la legítima defensa no es algo que pueda ser rebajado como gasto o que no es necesario para producir la renta significa que en el fondo los está privando de la posibilidad de defenderse debidamente en los tribunales", explicó.

Sobre los efectos del eventual cambio de criterio del SII, el superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, indicó que "sin duda tendrá un impacto en sus estados financieros. El nivel de magnitud lo tendrá que definir cada isapre".

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.