Los argumentos del fallo que ordena detener a desaforado diputado de RN por tres crímenes

La Corte de Apelaciones de Valdivia procesó a Rosauro Martínez Labbé, por tres delitos de homicidio calificado, perpetrados en septiembre de 1981, en la localidad de Neltume.




La ministra en visita para causas por violaciones a los de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valdivia, Emma Díaz, procesó al desaforado diputado Rosauro Martínez Labbé, por su responsabilidad en tres delitos de homicidio calificado, ilícitos perpetrados el 20 de septiembre de 1981, en la localidad de Neltume, provincia de Valdivia.

La ministra encausó a Martínez en calidad de autor de los homicidios de los integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez, Próspero del Carmen Guzmán Soto y José Eugenio Monsalve Sandoval, cometido en Neltume, sector Remeco Alto.

Según el dictamen, sobre la base de los antecedentes recogidos en la investigación y "de la propia declaración de Rosauro" existen presunciones fundadas para su procesamiento.

Según se establecieron los hechos, dice el fallo, "durante el mes de marzo del año 1979 un grupo de exiliados que se encontraban en Europa decidieron abrir un frente guerrillero en la zona Sur de Chile, para lo cual se reunieron en París, a fines del año 1980, desde allí viajan desde Madrid en avión hasta Argentina y desde allí ingresan por pasos no habilitados a la zona de Neltume".

En ese lugar, asegura el documento, "debido a las inclemencias del tiempo, tienen problemas de salud y poca alimentación por lo que deciden acercarse a un lugar denominado Remeco Alto e ingresan a la casa de una conocida de uno de los guerrilleros de nombre Floridema Jaramillo", estos guerrilleros eran Calfuquir, Guzmán y Monsalve.

La investigación de la ministra da cuenta, además, que la mujer que les prestó ayuda a las víctimas, las denunció ante las autoridades policiales de la localidad, las que se trasladaron hasta su domicilio.

"Llegó, un capitán militar acompañado de 3 militares de grado inferior, quien luego de instarle a los guerrilleros que salieran de la casa, dispararon contra el inmueble hasta dejarlo prácticamente inutilizado, a consecuencia de lo cual resultaron muertos (los guerrilleros)", dice el fallo.

Según la autopsia Calfuquir murió con cinco heridas a bala, y Guzmán Soto con  veintiocho.

La magistrada dispuso  el ingreso del imputado a prisión preventiva en el regimiento, ubicado en Bueras N° 1798, Campo Militar, en Valdivia.

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