Próximo martes será clave para proyecto que permite levantar el secreto bancario
Tras la presentación de una indicación sustitutiva, la subsecretaria de Hacienda, María Olivia Recart, se manifestó optimista sobre su aprobación la próxima semana.
El próximo martes será un día clave para el proyecto de ley que permite levantar el secreto bancario a solicitud del Servicio de Impuestos Internos (SII). Ello, porque la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados votará la iniciativa y de ser aprobada pasaría esa misma semana, probablemente el miércoles, a la sala de la Cámara Baja, cumpliendo así su primer trámite legislativo.
Si bien hasta ahora el proyecto ha encontrado reparos entre parlamentarios de la Alianza y algunos de la Concertación, la subsecretaria de Hacienda, María Olivia Recart, se manifestó optimista respecto al pronunciamiento que dará la próxima semana el grupo especializado, tras la presentación de una indicación sustitutiva que recogió parte de las aprensiones expresadas por los legisladores tanto de la Comisión de Hacienda como los de la de Constitución.
La iniciativa establece que frente a la solicitud de información requerida por el SII sobre un determinado contribuyente, si éste no autoriza a su banco a entregarla, será la justicia (tribunal tributario, tribunal aduanero o juzgado civil) quien decida si concede o no el permiso.
Uno de los puntos en conflicto apuntaba a qué sucedía en la eventualidad de que el contribuyente no se manifestara respecto de si permite o no el acceso a la información (ya sea porque en la notificación no lo encontraron). En la indicación sustitutiva se precisa que si no hay pronunciamiento del contribuyente se entenderá que se deniega la información. "Esto tiene un análisis trascendental porque tiene el sentido de proteger al más débil", precisó Recart.
MAYOR RESGUARDO
La subsecretaria destaca que la vigencia de la nueva normativa partiría en 2010. Esta modificación se hizo pensando en el tiempo de adecuación que requieren las pymes, pero su aplicación es para todos. También se considera un mayor resguardo de la información, ya que si se comprueba que no hubo ilícito en base a la información requerida por el SII, esa información debe ser destruida.
Además, se establece una mayor precisión respecto a quién solicita la información (organismo nacional o extranjero) y se señala que el SII deberá identificar el período sobre el cual solicita la información.
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